FORMACIÓN Y ORIENTACIÓN LABORAL
1. ¿Qué es una sociedad?
Conjunto de relaciones que se establecen con los demás.
2. ¿Qué es una persona?
Todo lo que nace con vida de otra persona.
Tema 1: EL DERECHO
El derecho es el conjunto de principios y normas jurídicas a las que están sometidas las
relaciones humanas en toda sociedad y cuyos individuos pueden ser obligados a su
cumplimiento.
Ordenamiento jurídico
Conjunto de normas jurídicas y principios que rigen en un determinado momento histórico las
relaciones humanas en una sociedad concreta. Las fuentes del ordenamiento jurídico en
España son la ley, la costumbre y los principios generales de derecho. Se complementa con
dos elementos:
➢ Jurisprudencia: es la forma que tienen los tribunales de interpretar el derecho a
través de las sentencias. En la práctica solo crea jurisprudencia el tribunal supremo
cuando dicta al menos dos sentencias en el mismo sentido.
➢ Doctrina: es la opinión de las entidades en cuestiones jurídicas sobre una
determinada materia.
El derecho se divide en dos ramas principales:
➢ Derecho público: se caracteriza porque en él existe un ejercicio del poder del
estado y sus normas regulan las actividades del estado y sus relaciones con los
particulares. Básicamente se ocupa de los intereses colectivos. Lo podemos dividir
en administrativo, penal, financiero o procesal.
➢ Derecho privado: regula relaciones entre particulares, que son aquellos en las que
ninguna parte actúa como poder público y se ocupa de los intereses particulares. Lo
podemos dividir en derecho civil y mercantil.
Encontramos una tercera rama más pequeña:
➢ Derecho social: regula las relaciones laborales e incluye aspectos privados y
públicos de la relación.
, ¿Quién crea el derecho? Las fuentes generales de derecho
Las fuentes materiales del derecho son las que crean el derecho y está formado por
colectivos o poderes institucionales con facultad para crear normas jurídicas:
➢ Poder legislativo: formados por las cortes generales o parlamento (congreso o
senado) y por las asambleas legislativas de las C.C.A.A
➢ Poder ejecutivo: es el gobierno central, los ministerios y los gobiernos de las
C.C.A.A
➢ Organismos administrativos inferiores: son las diputaciones, los municipios, los
consejos, cabildos (canarias) y las direcciones generales (en España hay 113).
➢ Colectivos de personas: a través de las iniciativas legislativas populares. No
pueden tratar leyes orgánicas ni derechos fundamentales y necesitan medio millón
de firmas en seis meses.
1. ¿Qué es una sociedad?
Conjunto de relaciones que se establecen con los demás.
2. ¿Qué es una persona?
Todo lo que nace con vida de otra persona.
Tema 1: EL DERECHO
El derecho es el conjunto de principios y normas jurídicas a las que están sometidas las
relaciones humanas en toda sociedad y cuyos individuos pueden ser obligados a su
cumplimiento.
Ordenamiento jurídico
Conjunto de normas jurídicas y principios que rigen en un determinado momento histórico las
relaciones humanas en una sociedad concreta. Las fuentes del ordenamiento jurídico en
España son la ley, la costumbre y los principios generales de derecho. Se complementa con
dos elementos:
➢ Jurisprudencia: es la forma que tienen los tribunales de interpretar el derecho a
través de las sentencias. En la práctica solo crea jurisprudencia el tribunal supremo
cuando dicta al menos dos sentencias en el mismo sentido.
➢ Doctrina: es la opinión de las entidades en cuestiones jurídicas sobre una
determinada materia.
El derecho se divide en dos ramas principales:
➢ Derecho público: se caracteriza porque en él existe un ejercicio del poder del
estado y sus normas regulan las actividades del estado y sus relaciones con los
particulares. Básicamente se ocupa de los intereses colectivos. Lo podemos dividir
en administrativo, penal, financiero o procesal.
➢ Derecho privado: regula relaciones entre particulares, que son aquellos en las que
ninguna parte actúa como poder público y se ocupa de los intereses particulares. Lo
podemos dividir en derecho civil y mercantil.
Encontramos una tercera rama más pequeña:
➢ Derecho social: regula las relaciones laborales e incluye aspectos privados y
públicos de la relación.
, ¿Quién crea el derecho? Las fuentes generales de derecho
Las fuentes materiales del derecho son las que crean el derecho y está formado por
colectivos o poderes institucionales con facultad para crear normas jurídicas:
➢ Poder legislativo: formados por las cortes generales o parlamento (congreso o
senado) y por las asambleas legislativas de las C.C.A.A
➢ Poder ejecutivo: es el gobierno central, los ministerios y los gobiernos de las
C.C.A.A
➢ Organismos administrativos inferiores: son las diputaciones, los municipios, los
consejos, cabildos (canarias) y las direcciones generales (en España hay 113).
➢ Colectivos de personas: a través de las iniciativas legislativas populares. No
pueden tratar leyes orgánicas ni derechos fundamentales y necesitan medio millón
de firmas en seis meses.