TITULO
ESTABLECER los principios generales que han de presidir la actuac
y GARANTIZAR la igualdad de oportunidades y trato en todos los á
su posición social, económica y política al objeto de eliminar la des
OBJETO mujeres.
Art.1
Todo ello con el fin último de lograr una sociedad igualitaria y libre
desarrollar sus capacidades personales y tomar decisiones sin las l
potencien por igual las distintas conductas, aspiraciones y necesid
La presente ley será de aplicación a todas las AP vascas, con las sal
Administración de
Se considera AP vasca, a los efectos de esta
Administración fo
ley
Administración lo
Todas las adminis
dependientes o a
Entes de naturale
vasco y otros ente
ÁMBITO APLICACIÓN Los principios generales y los art. 17, 18.1, Parlamento Vasco
18.2, 18.3, 18.5, 19.1, 19.4, 22, 23, 24, 25, 47.5,
Art.2
52.3 y 53.1 son de aplicación a TODOS los
poderes públicos vascos. Se considera Juntas generales d
poder público vasco
Ararteko
Tribunal Vasco de
UPV
A las entidades privadas que suscriban contratos o convenios de co
subvenciones concedidas por ellos les será exigible durante el tiem
generales y de los art. 17 y 19.4.
Los poderes públicos vascos, en los contratos, subvenciones, conve
privadas referidas, incorporarán cláusulas para la igualdad que det
dar lugar a la imposición de penalidades, a la resolución de los cor
ESTABLECER los principios generales que han de presidir la actuac
y GARANTIZAR la igualdad de oportunidades y trato en todos los á
su posición social, económica y política al objeto de eliminar la des
OBJETO mujeres.
Art.1
Todo ello con el fin último de lograr una sociedad igualitaria y libre
desarrollar sus capacidades personales y tomar decisiones sin las l
potencien por igual las distintas conductas, aspiraciones y necesid
La presente ley será de aplicación a todas las AP vascas, con las sal
Administración de
Se considera AP vasca, a los efectos de esta
Administración fo
ley
Administración lo
Todas las adminis
dependientes o a
Entes de naturale
vasco y otros ente
ÁMBITO APLICACIÓN Los principios generales y los art. 17, 18.1, Parlamento Vasco
18.2, 18.3, 18.5, 19.1, 19.4, 22, 23, 24, 25, 47.5,
Art.2
52.3 y 53.1 son de aplicación a TODOS los
poderes públicos vascos. Se considera Juntas generales d
poder público vasco
Ararteko
Tribunal Vasco de
UPV
A las entidades privadas que suscriban contratos o convenios de co
subvenciones concedidas por ellos les será exigible durante el tiem
generales y de los art. 17 y 19.4.
Los poderes públicos vascos, en los contratos, subvenciones, conve
privadas referidas, incorporarán cláusulas para la igualdad que det
dar lugar a la imposición de penalidades, a la resolución de los cor