Salario Mínimo actual y su impacto en la canasta básica
Antecedentes del salario mínimo en Nicaragua
En Nicaragua el salario se encuentra establecido desde la conquista con la aplicación de las leyes de
Indias, donde se establecen Reglamentos Relativos a los Salarios, Jornadas de Trabajos y Descansos
obligatorios, este es el primer vestigio en nuestra historia en materia de salario, que fue incluido con la
finalidad de proteger al asalariado a fin de garantizar la productividad de mano de obra, posteriormente
en vida independiente estos rasgos los reflejan las constituciones para salvaguardar la actividad laboral
y al salario.
La Constitución Política de Nicaragua establece en su artículo 82:
Los trabajadores tienen derecho a condiciones que le aseguren en especial:
Inciso:1) Salario igual por trabajo igual, en idénticas condiciones adecuadas a su responsabilidad
social.
Inciso 3) La inembargabilidad del salario mínimo, y las prestaciones sociales excepto para alimentos de
la familia.
En 1981 se publica la Ley Orgánica del Ministerio del Trabajo, y en abril del mismo año se crea la Ley
de Salario Mínimo, la cual entró en vigencia el primero de mayo de 1981, y rigió hasta el 30 de abril
del año de 1982.
Definición Salario Mínimo
El salario mínimo es la cantidad menor que debe recibir en efectivo el trabajador por los servicios
prestados en una jornada de trabajo. Pueden ser generales por una o varias áreas geográficas y
extenderse a una o más entidades federativas, o pueden ser profesionales para una rama determinada de
actividad económica o para profesiones, oficios o trabajos especiales dentro de una o varias áreas
geográficas. Estos son fiados por la Comisión Nacional de los Salarios Mínimos integrada por
representantes de los trabajadores, patrones y el Gobierno, la cual se puede auxiliar de comisiones
especiales de carácter consultivo. De acuerdo con la ley el salario mínimo deberá ser suficiente para
satisfacer las necesidades normales de un jefe de familia en el orden material, social y cultural, y para
proveer la educación básica a los hijos.
En nuestra legislación el concepto de salario mínimo está contenido en el Capítulo I, Título IV, arto. 85,
que expresa: “Todo trabajador tiene derecho a un salario mínimo. Salario mínimo es la menor
retribución que debe percibir el trabajador por los servicios prestados en una jornada ordinaria de
trabajo, de modo que le asegure la satisfacción de las necesidades básicas y vitales de un jefe de
familia.”
Ajuste de salario Mínimo en 2021
A partir del primero de Marzo del 2021 entró en vigencia el ajuste de incremento del salario mínimo en
ciertos sectores de actividad económica del país, esto fue aprobado por la comisión nacional el 25 de
febrero del presente año, fijándolo en C$ 6,518.24 córdobas (U$186.6 dólares)y observándose así un
incremento del 3% en ciertas actividades económicas.
, El 1 de marzo se ajustó a mas 200 mil trabajadores el 3% de sus salario, a excepción de aquellos que
trabajan en la micro, pequeña y mediana industria artesanal y turística nacional, quienes recibieron un
ajuste del 1%. En los que respecta a la industria sujeta al régimen de zona Francas, Los trabajadores de
la industria textil y de confección de Nicaragua su aumento fue del 8.25%, el cual entró en vigencia a
partir del primero de enero del 2021.
De conformidad con la ley nicaragüense, el salario mínimo es ajustado cada seis meses conforme al
crecimiento económico y la inflación acumulada en Centroamérica. Sin embargo, desde el año pasado
se decidió hacer un ajuste anual y no semestral, por lo que este nuevo incremento salarial será aplicado
de una sola vez y no habrá más cambios en lo que resta del año.
Por lo que a continuación se puede observar la nueva tabla de salarios mínimos por sector, la cual
estará vigente desde hasta el 28 de febrero del 2022:
Comparando los salarios mínimos establecidos el año pasado con los del presente año 2021:
Antecedentes del salario mínimo en Nicaragua
En Nicaragua el salario se encuentra establecido desde la conquista con la aplicación de las leyes de
Indias, donde se establecen Reglamentos Relativos a los Salarios, Jornadas de Trabajos y Descansos
obligatorios, este es el primer vestigio en nuestra historia en materia de salario, que fue incluido con la
finalidad de proteger al asalariado a fin de garantizar la productividad de mano de obra, posteriormente
en vida independiente estos rasgos los reflejan las constituciones para salvaguardar la actividad laboral
y al salario.
La Constitución Política de Nicaragua establece en su artículo 82:
Los trabajadores tienen derecho a condiciones que le aseguren en especial:
Inciso:1) Salario igual por trabajo igual, en idénticas condiciones adecuadas a su responsabilidad
social.
Inciso 3) La inembargabilidad del salario mínimo, y las prestaciones sociales excepto para alimentos de
la familia.
En 1981 se publica la Ley Orgánica del Ministerio del Trabajo, y en abril del mismo año se crea la Ley
de Salario Mínimo, la cual entró en vigencia el primero de mayo de 1981, y rigió hasta el 30 de abril
del año de 1982.
Definición Salario Mínimo
El salario mínimo es la cantidad menor que debe recibir en efectivo el trabajador por los servicios
prestados en una jornada de trabajo. Pueden ser generales por una o varias áreas geográficas y
extenderse a una o más entidades federativas, o pueden ser profesionales para una rama determinada de
actividad económica o para profesiones, oficios o trabajos especiales dentro de una o varias áreas
geográficas. Estos son fiados por la Comisión Nacional de los Salarios Mínimos integrada por
representantes de los trabajadores, patrones y el Gobierno, la cual se puede auxiliar de comisiones
especiales de carácter consultivo. De acuerdo con la ley el salario mínimo deberá ser suficiente para
satisfacer las necesidades normales de un jefe de familia en el orden material, social y cultural, y para
proveer la educación básica a los hijos.
En nuestra legislación el concepto de salario mínimo está contenido en el Capítulo I, Título IV, arto. 85,
que expresa: “Todo trabajador tiene derecho a un salario mínimo. Salario mínimo es la menor
retribución que debe percibir el trabajador por los servicios prestados en una jornada ordinaria de
trabajo, de modo que le asegure la satisfacción de las necesidades básicas y vitales de un jefe de
familia.”
Ajuste de salario Mínimo en 2021
A partir del primero de Marzo del 2021 entró en vigencia el ajuste de incremento del salario mínimo en
ciertos sectores de actividad económica del país, esto fue aprobado por la comisión nacional el 25 de
febrero del presente año, fijándolo en C$ 6,518.24 córdobas (U$186.6 dólares)y observándose así un
incremento del 3% en ciertas actividades económicas.
, El 1 de marzo se ajustó a mas 200 mil trabajadores el 3% de sus salario, a excepción de aquellos que
trabajan en la micro, pequeña y mediana industria artesanal y turística nacional, quienes recibieron un
ajuste del 1%. En los que respecta a la industria sujeta al régimen de zona Francas, Los trabajadores de
la industria textil y de confección de Nicaragua su aumento fue del 8.25%, el cual entró en vigencia a
partir del primero de enero del 2021.
De conformidad con la ley nicaragüense, el salario mínimo es ajustado cada seis meses conforme al
crecimiento económico y la inflación acumulada en Centroamérica. Sin embargo, desde el año pasado
se decidió hacer un ajuste anual y no semestral, por lo que este nuevo incremento salarial será aplicado
de una sola vez y no habrá más cambios en lo que resta del año.
Por lo que a continuación se puede observar la nueva tabla de salarios mínimos por sector, la cual
estará vigente desde hasta el 28 de febrero del 2022:
Comparando los salarios mínimos establecidos el año pasado con los del presente año 2021: