El Derecho tiene autoridad legítima cuando cuenta con la autoridad moral que le otorga un derecho
justo. El Derecho es justo si ha sido producido democráticamente como un acuerdo de todos o de la
mayoría de miembros de un Estado y si respeta y garantiza los derechos fundamentales.
Como hay obligación de obedecer al Derecho, existe también la obligación moral de obedecer a la
autoridad legítima del Derecho. Es un rasgo esencial del Derecho la pretensión de convertirse en
autoridad legítima, ya que la autoridad legítima se transforma en fuente de poder político y jurídico.
El Derecho es un conjunto de leyes, que puede utilizar la fuerza para que los comportamientos mandados
se realicen o castigar su omisión con penas físicas o morales. Coacción. También Derecho es el conjunto
de normas jurídicas creadas por el poder legislativo, para regular la conducta externa en sociedad.
1.1 Derecho Objetivo y Subjetivo
Derecho objetivo: Conjunto de normas jurídicas, leyes,... que regulan la vida del hombre en sociedad.
Derecho subjetivo: Facultad o poder para hacer, no hacer o exigir lo que el Derecho objetivo le atribuye.
1.2 Derecho Natural y Positivo
Derecho natural. Conjunto de normas, de validez universal, fundadas en la naturaleza humana y
reconocibles por la razón.
Derecho positivo: Conjunto coherente de normas que una organización soberana, establece e impone
coactivamente a los miembros de una sociedad.
Derecho natural: Distinción entre lo bueno y lo malo, ej. el hecho de matar, robar,
Derecho positivo: Leyes que el hombre ha escrito. Ejemplo: El que asesine a otro será castigado…
2. Las Normas Jurídicas 2.1 Concepto
Sistema de normas escritas, puestas por encima de todos. Así nace la ley, que garantiza a cada miembro
unos ámbitos concretos de libertad.
Ley es una norma jurídica escrita de carácter general y obligatorio encaminada al bien social, dada por
quien ejerce la potestad legislativa y suficientemente promulgada.
Toda ley es una norma jurídica, pero no todas las normas jurídicas son leyes.
Profesor Albadalejo, norma jurídica positiva es: "todo precepto general cuyo fin es ordenar la convivencia
de la comunidad y cuya observancia puede ser impuesta coactivamente por el poder directivo de aquella".
2.2 Estructura de la Norma Jurídica
En una norma jurídica hay una situación que se puede dar y le damos una consecuencia legal.
(EJ: si alguien mata a otro, 15 años de cárcel)
● Supuesto de hecho: Previsión hipotética de un futuro acontecimiento, en ella se contiene un mandato
o una prohibición. (EJ: matar a otro)
● Consecuencia jurídica: Otorga a la norma una eficacia represiva o sancionadora para el caso de
incumplimiento del mandato o prohibición que contiene. (EJ: prisión de 10 a 15 años.)
Toda norma jurídica contiene dos mensajes,
Norma primaria, al ciudadano Norma secundaria, al juez para aplicar la sanción prevista en la norma.
2.3 Tipos de Norma Jurídica
Las normas jurídicas se pueden clasificar así: 13
● Preceptivas: Contienen una consecuencia jurídica obligada imponiendo actos y prestaciones.
● Prohibitivas: Prohíben algo sin establecer una norma que haya de regir en lugar de lo prohibido.
● Jurídicas rígidas: El supuesto de hecho y los efectos jurídicos tienen contenido concreto e invariable.
● Jurídicas elásticas: El supuesto de hecho o los efectos jurídicos no vienen determinados de una
manera concreta, esto es, son flexibles.
● De Derecho común: Normas que rigen en todo el territorio nacional.
● De Derecho particular: Rigen solo en parte del país.
, ● De Derecho necesario: Normas no derogables por la voluntad de las partes. No las pueden cambiar.
● De Derecho voluntario: Completan o suplen la voluntad privada y pueden ser sustituidas o derogadas
por la voluntad de las partes.
● Derecho general: Se aplican sin distinción a cualquier persona, cosa o relaciones jurídicas.
● De Derecho especial: Se aplican a determinada clase de personas, cosas o relaciones jurídicas.
● De Derecho permanente: Normas que tienen vigencia indefinida.
● De Derecho temporal: Se aplican en determinados periodos de tiempo.
● De Derecho transitorio: Regulan los conflictos que origina el tránsito de una legislación a otra.
2.4 Características de las Normas Jurídicas
Las normas jurídicas han de cumplir las siguientes características: 4
● Imperatividad, toda norma jurídica contiene un mandato o una prohibición. Imperativa, que obliga.
● Generalidad, ya que se refiere a todos los comprendidos en el supuesto de hecho descrito.
● Coercibilidad, al no cumplir la norma se puede recurrir a la fuerza por el poder público.
● Legitimidad, ya que ha de ser justa para formar parte del Derecho.
3. El Principio de Jerarquía Normativa.
Son fuentes del Derecho según el art. 1.1 CC, la ley, la costumbre y los principios generales del Derecho.
3.1 La ley: Concepto y Clases
Ley es una norma escrita de carácter general y obligatorio. La elaboración recae en las Cortes Generales.
Frecuentemente, el Ejecutivo (Gobierno) presenta la iniciativa de la ley e incluso elabora leyes.
La jerarquía normativa enunciada en el art. 9.3 de la CE:
1. Derecho Comunitario (UE) / CE de 1978.
2. Leyes.
3. Reglamentos:
a. Decretos.
b. Órdenes de comisiones delegadas del gobierno.
c. Órdenes ministeriales.
d. Disposiciones de autoridades.
4. Costumbre.
5. Principios generales de derecho.
3.1.1 La CE
Es una “superley”, definida por un legislador distinto y superior al legislador ordinario. Su función es limitar
el poder en favor de las libertades de los ciudadanos. Su reforma necesita un legislador superior al que
define la ley ordinaria. Si alguna ley contradice a la CE, será anulada.
Es fuente del Derecho. Obliga a ciudadanos y a poderes públicos (art. 9.1, CE).Todos los poderes deben
actuar dentro del marco que establecen las normas y los principios constitucionales. Art. 5 LOPJ : La CE
vincula a todos los jueces y tribunales….
La CE contiene normas de conducta, normas de organización y principios, ya sea enunciándolos de
forma explícita como valores y principios jurídicos o recogiéndolos implícitamente en la formulación de
imperativos más concretos. Estos principios serán denominados principios constitucionales, para
diferenciarlos de los principios generales del Derecho.
3.1.2 Las Leyes Orgánicas (LO)
● Las materias que regulan, desarrollan y aprueban: ← ( Art. 81 CE )
○ Derechos fundamentales y libertades públicas. ↓
○ Los estatutos de autonomía.
○ Régimen electoral general.
○ Otras previstas en la CE.
● La mayoría exigida para su aprobación, modificación o derogación:
○ Mayoría absoluta del Congreso.