CENTRO DE ESTUDIOS
UNIVERSITARIOS
División de Humanidades y Ciencias Sociales
Facultad de Derecho
Licenciatura en Ciencias Jurídicas
Taller de Derecho Civil
Los Recursos
Alumno: José Abel Gerónimo Valdez Mat: 86050
Docente: Lic. Eduardo Cepeda Alvarado
Monterrey N.L. a 17 de julio de 2020.
, ¿Que son los Recursos en el Derecho Procesal Civil?
Es un proceso especial de impugnación en el que se critica y revisa el resultado procesal obtenido en la
tramitación de un proceso principal. En este sentido, el recurso tiende a garantizar la corrección de cualquier
procedimiento. Cuando el recurso está provisto con carácter normal, no se exigen motivos determinados para
interponerlo y no se limitan los poderes judiciales del tribunal que ha de resolver el recurso, se dice que se trata
de recursos ordinarios.
Otras fuentes nos dicen:
El Recurso Procesal o Jurisdiccional es el medio establecido en la ley para obtener la modificación, revocación o
invalidación de una resolución judicial, ya sea del mismo juez o tribunal que la dictó o de otro de superior
jerarquía.
En todo recurso normalmente encontramos: una resolución que es impugnada (llamado en doctrina, resolución
recurrida); un litigante agraviado por la resolución que busca impugnar (recurrente).
En la mayoría de las legislaciones, los recursos presentan las siguientes características:
• Deben interponerse dentro de un plazo perentorio.
• Se presentan, generalmente, por escrito y con fundamentos. A veces, se exige acompañar algún tipo de
documentación o cumplir ciertas formalidades.
• Se presentan ante el mismo juez o tribunal que dictó la resolución recurrida y, excepcionalmente,
directamente ante el juez o tribunal al que corresponde conocer del recurso.
• Su conocimiento y fallo le corresponde al superior jerárquico del juez o tribunal que ha pronunciad
la resolución recurrida y en algunos casos, por excepción, le corresponde al mismo tribunal que dictó la
resolución.
• Se interponen para impugnar resoluciones que no están firmes.
• Debe existir agravio para la recurrente.
Los requisitos de cada recurso, en particular, los regula específicamente el derecho procesal de cada estado.
Derecho Adjetivo.
CODIGO DE PROCEDIMIENTOS CIVILES DEL ESTADO DE NUEVO LEON.
DE LA ACLARACION.
Artículo 410.- El recurso de aclaración sólo una vez puede intentarse contra las sentencias definitivas, y sólo
respecto de éstas procede.
Artículo 411.- El recurso se interpondrá, por escrito ante el mismo juez que hubiere dictado la resolución, dentro
del día siguiente a la notificación del fallo, expresándose claramente la contradicción, ambigüedad u obscuridad
de las cláusulas y palabras cuya aclaración se solicite o el hecho que se haya omitido y cuya falta se reclama.
UNIVERSITARIOS
División de Humanidades y Ciencias Sociales
Facultad de Derecho
Licenciatura en Ciencias Jurídicas
Taller de Derecho Civil
Los Recursos
Alumno: José Abel Gerónimo Valdez Mat: 86050
Docente: Lic. Eduardo Cepeda Alvarado
Monterrey N.L. a 17 de julio de 2020.
, ¿Que son los Recursos en el Derecho Procesal Civil?
Es un proceso especial de impugnación en el que se critica y revisa el resultado procesal obtenido en la
tramitación de un proceso principal. En este sentido, el recurso tiende a garantizar la corrección de cualquier
procedimiento. Cuando el recurso está provisto con carácter normal, no se exigen motivos determinados para
interponerlo y no se limitan los poderes judiciales del tribunal que ha de resolver el recurso, se dice que se trata
de recursos ordinarios.
Otras fuentes nos dicen:
El Recurso Procesal o Jurisdiccional es el medio establecido en la ley para obtener la modificación, revocación o
invalidación de una resolución judicial, ya sea del mismo juez o tribunal que la dictó o de otro de superior
jerarquía.
En todo recurso normalmente encontramos: una resolución que es impugnada (llamado en doctrina, resolución
recurrida); un litigante agraviado por la resolución que busca impugnar (recurrente).
En la mayoría de las legislaciones, los recursos presentan las siguientes características:
• Deben interponerse dentro de un plazo perentorio.
• Se presentan, generalmente, por escrito y con fundamentos. A veces, se exige acompañar algún tipo de
documentación o cumplir ciertas formalidades.
• Se presentan ante el mismo juez o tribunal que dictó la resolución recurrida y, excepcionalmente,
directamente ante el juez o tribunal al que corresponde conocer del recurso.
• Su conocimiento y fallo le corresponde al superior jerárquico del juez o tribunal que ha pronunciad
la resolución recurrida y en algunos casos, por excepción, le corresponde al mismo tribunal que dictó la
resolución.
• Se interponen para impugnar resoluciones que no están firmes.
• Debe existir agravio para la recurrente.
Los requisitos de cada recurso, en particular, los regula específicamente el derecho procesal de cada estado.
Derecho Adjetivo.
CODIGO DE PROCEDIMIENTOS CIVILES DEL ESTADO DE NUEVO LEON.
DE LA ACLARACION.
Artículo 410.- El recurso de aclaración sólo una vez puede intentarse contra las sentencias definitivas, y sólo
respecto de éstas procede.
Artículo 411.- El recurso se interpondrá, por escrito ante el mismo juez que hubiere dictado la resolución, dentro
del día siguiente a la notificación del fallo, expresándose claramente la contradicción, ambigüedad u obscuridad
de las cláusulas y palabras cuya aclaración se solicite o el hecho que se haya omitido y cuya falta se reclama.