TEMA 5: CRÉDITO OFICIAL A LA EXPORTACIÓN
FINANCIACIÓN INTERNACIONAL
EL CONSENSO OCDE (1976)
Es un acuerdo entre los países de la OCDE que señala las condiciones básicas que deben cumplir
estas facilidades financieras. El acuerdo se conoce como "directrices en materia de crédito oficial a
la exportación con apoyo oficial" y su fin es evitar la competencia desleal.
Las normas de la OCDE establecen los topes que puedan otorgar los gobiernos prestamistas
como subvención.
EL CRÉDITO A LA EXPORTACIÓN
Este crédito cuenta con apoyo oficial y se otorga para financiar el importe de un contrato de
exportación de bienes y servicios españoles.
Solo se pueden financiar contratos de exportación de bienes de equipo y plantas llave en mano.
Quedan excluidos los bienes agrícolas y de consumo y también los bienes militares. (Pueden
estar incluidos con permiso del Gobierno).
Ventajas:
Se concede un seguro del tipo de interés; lo que permite que los tipos de interés de estos
créditos sean inferiores a los del mercado y se pueda contar con plazos de amortización largos.
ESTRUCTURA DEL CRÉDITO OFICIAL A LA EXPORTACIÓN
Está constituido por sociedades anónimas de propiedad pública que tratan de cumplimentar la
iniciativa privada.
La estructura del crédito oficial está constituida básicamente por:
- Instituto de crédito oficial (ICO); que es el órgano permanente de relación con autoridad
monetaria y el encargado de la inspección, coordinación y control de las entidades oficiales de
crédito y de suministrarles gran parte de su financiación.
Otros intervinientes son: El exportador, banco financiador (CESCE, S.A), La dirección general de
política comercial (DGPC)
Los intervinientes por parte extranjera son: El importado, Prestatario, Garante, Entidad
supervisora
CLASES DE CRÉDITO OFICIAL
Según el sujeto pueden ser:
1. Crédito al suministrador nacional: figura mediante la cual el beneficiario directo del
crédito es el exportador nacional. Le permite al exportador efectuar un calendario de
amortización del crédito acorde con los reembolsos que tiene que hacer el
importador. La ventaja para el exportador es que vendiendo con un plazo dilatado de
cobro monetiza el importe de la operación al contado. Los inconvenientes para el
exportador son: el riesgo recae en él exclusivamente y deteriora los ratios de su
balance.
2. Crédito al comprador extranjero: el crédito lo concede la entidad financiera
directamente al importador extranjero, realmente, el beneficiario de su importe es el
FINANCIACIÓN INTERNACIONAL
EL CONSENSO OCDE (1976)
Es un acuerdo entre los países de la OCDE que señala las condiciones básicas que deben cumplir
estas facilidades financieras. El acuerdo se conoce como "directrices en materia de crédito oficial a
la exportación con apoyo oficial" y su fin es evitar la competencia desleal.
Las normas de la OCDE establecen los topes que puedan otorgar los gobiernos prestamistas
como subvención.
EL CRÉDITO A LA EXPORTACIÓN
Este crédito cuenta con apoyo oficial y se otorga para financiar el importe de un contrato de
exportación de bienes y servicios españoles.
Solo se pueden financiar contratos de exportación de bienes de equipo y plantas llave en mano.
Quedan excluidos los bienes agrícolas y de consumo y también los bienes militares. (Pueden
estar incluidos con permiso del Gobierno).
Ventajas:
Se concede un seguro del tipo de interés; lo que permite que los tipos de interés de estos
créditos sean inferiores a los del mercado y se pueda contar con plazos de amortización largos.
ESTRUCTURA DEL CRÉDITO OFICIAL A LA EXPORTACIÓN
Está constituido por sociedades anónimas de propiedad pública que tratan de cumplimentar la
iniciativa privada.
La estructura del crédito oficial está constituida básicamente por:
- Instituto de crédito oficial (ICO); que es el órgano permanente de relación con autoridad
monetaria y el encargado de la inspección, coordinación y control de las entidades oficiales de
crédito y de suministrarles gran parte de su financiación.
Otros intervinientes son: El exportador, banco financiador (CESCE, S.A), La dirección general de
política comercial (DGPC)
Los intervinientes por parte extranjera son: El importado, Prestatario, Garante, Entidad
supervisora
CLASES DE CRÉDITO OFICIAL
Según el sujeto pueden ser:
1. Crédito al suministrador nacional: figura mediante la cual el beneficiario directo del
crédito es el exportador nacional. Le permite al exportador efectuar un calendario de
amortización del crédito acorde con los reembolsos que tiene que hacer el
importador. La ventaja para el exportador es que vendiendo con un plazo dilatado de
cobro monetiza el importe de la operación al contado. Los inconvenientes para el
exportador son: el riesgo recae en él exclusivamente y deteriora los ratios de su
balance.
2. Crédito al comprador extranjero: el crédito lo concede la entidad financiera
directamente al importador extranjero, realmente, el beneficiario de su importe es el