100% satisfaction guarantee Immediately available after payment Both online and in PDF No strings attached 4.2 TrustPilot
logo-home
Summary

Sumario Resumen - Historia del Derecho (DR1003)

Rating
-
Sold
-
Pages
14
Uploaded on
16-07-2023
Written in
2022/2023

Bolsa de posibles preguntas examen Historia del Derecho U. Jaume I 1er año

Institution
Course









Whoops! We can’t load your doc right now. Try again or contact support.

Written for

Institution
Study
Course

Document information

Uploaded on
July 16, 2023
Number of pages
14
Written in
2022/2023
Type
Summary

Subjects

Content preview

Universidad Jaume I DR 1003 HISTORIA DEL DERECHO


BOLSA DE PREGUNTAS HISTORIA - TEMAS 1 – 11
Tema 1 - ¿Por qué estudiar Historia del Derecho?
1.- ¿Por qué no conviene adoptar en el estudio de la Historia del Derecho una perspectiva
positivista?
Para comprender por qué conviene rechazar esta perspectiva debemos entender el concepto de
positivismo jurídico. Este es una manera de concebir el derecho (ideología) que surge en el S.XIX
a raíz de las Rev. Liberales, aparición de naciones… que decía que no hay más derecho que la
voluntad del parlamento basada en el deseo y la voluntad del pueblo.
No es conveniente adoptar esta perspectiva por el hecho de que, como estudiantes de la historia
hay que partir de una idea del derecho amplia, que nos permita extraer todos los datos y
posibilidades que la historia nos proporciona y por eso debemos evitar las limitaciones que
reduzcan el campo de estudio de la misma.
Se debe rechazar la perspectiva positivista ya que, considera que las leyes - normas escritas - son
la única esencia del derecho y deja de lado las otras fuentes como la historia de la aplicación del
derecho, sus mecanismos y realidades, las sentencias de los tribunales, la práctica notarial…


2.- Hay tres ideas clave (pluralismo, alteridad e integración) que sirven para estructurar el
objeto de estudio y la metodología propia de la Historia del Derecho. Explica brevemente y
pon algún ejemplo de cómo el pluralismo incide en el concepto de la asignatura.
Pluralismo jurídico es la existencia dentro de un Estado de diversos conjuntos de normas jurídicas
positivas en un plano de igualdad, respeto y coordinación. Estudiar la presencia del pluralismo
jurídico en nuestras sociedades es importante, porque en la práctica nos vamos a encontrar con
diversos cuerpos normativos que muchas veces no se coordinan y que se sobreponen. También
ser conscientes de la existencia de varios cuerpos normativos válidos nos ayuda a estar más
abiertos a otras perspectivas.


3.- Hay tres ideas clave (pluralismo, alteridad e integración) que sirven para estructurar el
objeto de estudio y la metodología propia de la Historia del Derecho. Explica brevemente y
pon algún ejemplo de cómo la alteridad incide en el concepto de la asignatura.
La definición de alteridad es la capacidad de poder trascender la propia visión del mundo y ver a
los demás seres humanos desde diferentes perspectivas. Sin la alteridad no sería posible llegar a
una conclusión correcta. Afecta a la historia haciendo ver que no siempre ha existido el mismo
derecho y por ello se deben de evitar los juicios de valor.


4.- Hay tres ideas clave (pluralismo, alteridad e integración) que sirven para estructurar el
objeto de estudio y la metodología propia de la Historia del Derecho. Explica brevemente y
pon algún ejemplo de cómo la integración incide en el concepto de la asignatura.
Para lograr entender y estudiar el derecho de una sociedad pasada, es necesario tener
conocimientos de todos los ámbitos de esa sociedad, y para ello sirve la integración que trata de
juntar todos los elementos del sistema sin dejar de lado ninguna institución e integrar a todas tanto
en el pasado como en el presente.



1

, Universidad Jaume I DR 1003 HISTORIA DEL DERECHO


5.- La Historia del Derecho se dedica al estudio de las fuentes del derecho y de las
instituciones jurídicas del pasado. ¿Sabrías explicar con algo de detalle (poniendo algunos
ejemplos) el significado de esta afirmación?
Esta afirmación hace referencia al contenido de la asignatura, a lo que estudia la historia del
derecho y el cómo lo hace.
El estudio de las fuentes del derecho puede ser entendido en un doble sentido, refiriéndonos a
fuentes como fuentes de creación o como fuentes de conocimiento.
Las fuentes de creación del derecho son aquellas compuestas por fuerzas sociales que producen
de forma legítima y dentro de una organización jurídica, los distintos tipos de normas que
constituyen el ordenamiento jurídico. Estas fuerzas son las instituciones públicas, como por
ejemplo el monarca, sus consejeros, la magistratura, los juristas, la iglesia…
Las fuentes de conocimiento del derecho hacen referencia a aquellos restos (principalmente
escritos) a través de los cuales se puede conocer el pasado. Las fuentes pueden ser no jurídicas,
como por ejemplo las crónicas, las novelas, los tratados de teología…; o jurídicas, como por
ejemplo las leyes, la costumbre, la jurisprudencia, los documentos, las actas…
El estudio de las instituciones jurídicas se refiere a aquellas contenidas en las fuentes del derecho.
Estas instituciones recogen en sus páginas cómo se legisló, sentenció y se hizo doctrina, dentro
de una época y un ámbito histórico determinado. Hacen referencia a un conjunto de prescripciones
o normas, de técnicas y soluciones que propone el rey o el juez que sentencia, el autor que
dictamina o argumenta.



Tema 2 - La primacía del Derecho Consuetudinario
1.- ¿Qué eran las relaciones feudovasalláticas? ¿Qué elementos formalizaban el intercambio
de bienes que supusieron? ¿La Iglesia intervino de alguna manera en su ritualización?
Las relaciones feudovasalláticas son relaciones que se dieron entre señores/ sujetos que ejercían
el dominio de la sociedad. Son relaciones que vinculan en un intercambio de bienes políticos
mutualmente beneficiosos a los que pertenecen a la cúspide de la pirámide social de la Alta Edad
Media.
Los elementos que formalizaban el intercambio de bienes en las relaciones feudovasalláticas eran
el vasallaje, que incluía el homenaje/ fidelidad al señor, y el beneficio, que era la investidura.
De las relaciones feudovasalláticas derivan obligaciones para ambas partes: el vasallo debe el
auxilium y el consilium; y el señor a cambio les guarda fidelidad y los protege, acudiendo en su
ayuda cuando son atacados, y les mantiene a través de la concesión de beneficios.
La iglesia intervino ritualizando estas relaciones. Para que las relaciones feudovasalláticas tengan
lugar se debía de prestar un juramento de fidelidad por parte del vasallo ante su señor. Este
juramento se realizaba ante un clérigo dándose las manos y jurando ante cosas santas prometiendo
la fe y el homenaje.




2
$10.28
Get access to the full document:

100% satisfaction guarantee
Immediately available after payment
Both online and in PDF
No strings attached

Get to know the seller
Seller avatar
naomimaxim

Get to know the seller

Seller avatar
naomimaxim Universitat Jaume I
Follow You need to be logged in order to follow users or courses
Sold
1
Member since
2 year
Number of followers
1
Documents
10
Last sold
1 year ago

0.0

0 reviews

5
0
4
0
3
0
2
0
1
0

Recently viewed by you

Why students choose Stuvia

Created by fellow students, verified by reviews

Quality you can trust: written by students who passed their tests and reviewed by others who've used these notes.

Didn't get what you expected? Choose another document

No worries! You can instantly pick a different document that better fits what you're looking for.

Pay as you like, start learning right away

No subscription, no commitments. Pay the way you're used to via credit card and download your PDF document instantly.

Student with book image

“Bought, downloaded, and aced it. It really can be that simple.”

Alisha Student

Frequently asked questions