PREGUNTA 1B:
RESPONSABILIDAD PATRIMONIAL Y TIPOS:
Es el deber que tiene la persona física o jurídica de responder con sus bienes propios
o de la empresa ante las posibles deudas.
La responsabilidad patrimonial puede ser limitada o ilimitada. Es limitada cuando el
empresario no responde a las deudas con su propio patrimonio sino con el de la
sociedad empresarial. Y, es ilimitada, cuando el empresario debe responder a las
deudas con su patrimonio personal (además del empresarial), es decir, se puede
proceder al embargo de sus bienes, como la vivienda, el vehículo, etc.
FORMAS JURÍDICAS Y SU VALORACIÓN:
EL EMPRESARIO INDIVIDUAL:
Es la persona física que ejerce por cuenta propia una actividad comercial, industrial
o profesional, y responde con todo su patrimonio ante las deudas que pueda tener
su negocio, su responsabilidad es ilimitada.
Características:
● Puede ser empresario individual cualquier persona.
● No existe capital mínimo legal para iniciar la actividad.
● No existe separación entre los bienes de la empresa y los del empresario,
que deberá responder con todo su patrimonio, responsabilidad limitada.
● La gestión de la empresa y su representación legal corresponden a su
titular.
● La denominación de la empresa será el nombre del titular.
, ● El empresario tributa a través del impuesto sobre la renta de las personas
físicas (paga impuestos como persona física).
● No es obligatoria la inscripción en el Registro Mercantil del acto de
constitución.
EL EMPRENDEDOR DE RESPONSABILIDAD LIMITADA (E. R. L.):
Para reducir el riesgo del empresario al responder con todos sus bienes frente a las
deudas, se creó este emprendedor, lo que permite proteger parte del patrimonio
personal (vivienda habitual).
LA SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA:
Es una sociedad mercantil de carácter capitalista cuyo capital está dividido en
partes iguales, llamadas participaciones, los socios tienen limitada su
responsabilidad al capital aportado.
Características:
● Uno o más socios. Si es de un único socio, se llama sociedad unipersonal de
responsabilidad limitada.
● El capital social no puede ser inferior a 3000 euros, en el momento de la
constitución tiene que estar totalmente desembolsado. Las participaciones de
capital no pueden representarse por títulos que faciliten su transmisión, no
hay libertad de entrada de socios.
● La responsabilidad de los socios está limitada a la aportación realizada.
● En su denominación, junto con el nombre, deberá figurar la expresión
"Sociedad de Responsabilidad Limitada", o sus abreviaturas, "S.R.L" o "S.L.".
Órganos de gobierno:
● La junta general es el órgano supremo, en él están representados los socios.
Sus funciones son controlar la gestión social y aprobar las cuentas anuales y la
distribución del resultado, nombrar a los administradores, reformar los
estatutos o disolver la sociedad, etc.
● Los administradores pueden ser socios o no, se encargan de la gestión de la
empresa y de ejecutar las decisiones de la junta general. Ejercen la
representación legal.
LA SOCIEDAD ANÓNIMA:
La sociedad anónima es una sociedad mercantil capitalista cuyo capital social está
dividido en partes iguales, llamadas acciones, y la responsabilidad de los socios está
limitada a la aportación realizada.
Características:
RESPONSABILIDAD PATRIMONIAL Y TIPOS:
Es el deber que tiene la persona física o jurídica de responder con sus bienes propios
o de la empresa ante las posibles deudas.
La responsabilidad patrimonial puede ser limitada o ilimitada. Es limitada cuando el
empresario no responde a las deudas con su propio patrimonio sino con el de la
sociedad empresarial. Y, es ilimitada, cuando el empresario debe responder a las
deudas con su patrimonio personal (además del empresarial), es decir, se puede
proceder al embargo de sus bienes, como la vivienda, el vehículo, etc.
FORMAS JURÍDICAS Y SU VALORACIÓN:
EL EMPRESARIO INDIVIDUAL:
Es la persona física que ejerce por cuenta propia una actividad comercial, industrial
o profesional, y responde con todo su patrimonio ante las deudas que pueda tener
su negocio, su responsabilidad es ilimitada.
Características:
● Puede ser empresario individual cualquier persona.
● No existe capital mínimo legal para iniciar la actividad.
● No existe separación entre los bienes de la empresa y los del empresario,
que deberá responder con todo su patrimonio, responsabilidad limitada.
● La gestión de la empresa y su representación legal corresponden a su
titular.
● La denominación de la empresa será el nombre del titular.
, ● El empresario tributa a través del impuesto sobre la renta de las personas
físicas (paga impuestos como persona física).
● No es obligatoria la inscripción en el Registro Mercantil del acto de
constitución.
EL EMPRENDEDOR DE RESPONSABILIDAD LIMITADA (E. R. L.):
Para reducir el riesgo del empresario al responder con todos sus bienes frente a las
deudas, se creó este emprendedor, lo que permite proteger parte del patrimonio
personal (vivienda habitual).
LA SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA:
Es una sociedad mercantil de carácter capitalista cuyo capital está dividido en
partes iguales, llamadas participaciones, los socios tienen limitada su
responsabilidad al capital aportado.
Características:
● Uno o más socios. Si es de un único socio, se llama sociedad unipersonal de
responsabilidad limitada.
● El capital social no puede ser inferior a 3000 euros, en el momento de la
constitución tiene que estar totalmente desembolsado. Las participaciones de
capital no pueden representarse por títulos que faciliten su transmisión, no
hay libertad de entrada de socios.
● La responsabilidad de los socios está limitada a la aportación realizada.
● En su denominación, junto con el nombre, deberá figurar la expresión
"Sociedad de Responsabilidad Limitada", o sus abreviaturas, "S.R.L" o "S.L.".
Órganos de gobierno:
● La junta general es el órgano supremo, en él están representados los socios.
Sus funciones son controlar la gestión social y aprobar las cuentas anuales y la
distribución del resultado, nombrar a los administradores, reformar los
estatutos o disolver la sociedad, etc.
● Los administradores pueden ser socios o no, se encargan de la gestión de la
empresa y de ejecutar las decisiones de la junta general. Ejercen la
representación legal.
LA SOCIEDAD ANÓNIMA:
La sociedad anónima es una sociedad mercantil capitalista cuyo capital social está
dividido en partes iguales, llamadas acciones, y la responsabilidad de los socios está
limitada a la aportación realizada.
Características: