GONZÁLEZ PÉREZ, Kenya
42291252W
S2 (TURNO MAÑANA)
LA COSTUMBRE COMO FUENTE JURÍDICA
1) Señale los elementos que conforman la costumbre como fuente
jurídica. Localícelos en el fundamento jurídico de la Sentencia.
2) ¿Qué quiere decir la expresión costumbre “contra legem”? ¿Es
una fuente jurídica en el ordenamiento jurídico español? ¿Por
qué?
3) ¿Qué quiere decir la expresión “secundum legem”? ¿A su juicio
puede entenderse que es aceptada por el ordenamiento jurídico
español como fuente jurídica? En la sentencia citada, ¿se
configura como fuente jurídica? ¿Por qué?
4) ¿Qué quiere decir la expresión costumbre “praeter leem”?
¿Puede aceptarse como fuente en el ordenamiento jurídico
español? ¿Por qué? ¿En la sentencia aparece como fuente
jurídica? ¿Se aplica?
5) Desde el punto de vista teórico, ¿cuáles serían los argumentos en
favor de la costumbre como fuente jurídica?
6) Desde el punto de vista de la representación jerárquica del
ordenamiento jurídico señale qué lugar ocupa la costumbre
como norma.
1- La costumbre, en el ámbito del derecho, puede nacer como regla y
puede llegar a ser eficaz siempre que descanse en el convencimiento
popular y tenga una observancia uniforme y continuada. La
costumbre es norma que es capaz de regular situaciones respecto de
los cuales no exista ninguna disposición legal, pero en todo caso, la
costumbre ha de ser aprobada.
2- La costumbre “contra legem” es la que contradice a la ley.
No. Porque contradice a la ley.
Esto está expresado en el Código Civil. Cualquier disposición que
contradiga a la ley, no es válida.
3- Según la ley, la costumbre “secundum legem” viene entendida d
maneras:
42291252W
S2 (TURNO MAÑANA)
LA COSTUMBRE COMO FUENTE JURÍDICA
1) Señale los elementos que conforman la costumbre como fuente
jurídica. Localícelos en el fundamento jurídico de la Sentencia.
2) ¿Qué quiere decir la expresión costumbre “contra legem”? ¿Es
una fuente jurídica en el ordenamiento jurídico español? ¿Por
qué?
3) ¿Qué quiere decir la expresión “secundum legem”? ¿A su juicio
puede entenderse que es aceptada por el ordenamiento jurídico
español como fuente jurídica? En la sentencia citada, ¿se
configura como fuente jurídica? ¿Por qué?
4) ¿Qué quiere decir la expresión costumbre “praeter leem”?
¿Puede aceptarse como fuente en el ordenamiento jurídico
español? ¿Por qué? ¿En la sentencia aparece como fuente
jurídica? ¿Se aplica?
5) Desde el punto de vista teórico, ¿cuáles serían los argumentos en
favor de la costumbre como fuente jurídica?
6) Desde el punto de vista de la representación jerárquica del
ordenamiento jurídico señale qué lugar ocupa la costumbre
como norma.
1- La costumbre, en el ámbito del derecho, puede nacer como regla y
puede llegar a ser eficaz siempre que descanse en el convencimiento
popular y tenga una observancia uniforme y continuada. La
costumbre es norma que es capaz de regular situaciones respecto de
los cuales no exista ninguna disposición legal, pero en todo caso, la
costumbre ha de ser aprobada.
2- La costumbre “contra legem” es la que contradice a la ley.
No. Porque contradice a la ley.
Esto está expresado en el Código Civil. Cualquier disposición que
contradiga a la ley, no es válida.
3- Según la ley, la costumbre “secundum legem” viene entendida d
maneras: