FUNCIÓN DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA
Empresa sociedad
Prescindiendo de las alteraciones y problemas que en el concepto ha introducido la desastrosa
categorización normativa del emprendedor por parte de la Ley de Emprendedores, así como las
novedades conceptuales que introduce al respecto el anteproyecto de Código Mercantil, el
empresario es la persona física o jurídica que teniendo capacidad legar para ello desarrolla de
forma profesional, habitual y en nombre propio, una actividad constitutiva de empresa, entendida,
como la organización de elementos materiales en inmateriales para la producción de bienes y
servicios en el mercado.
En definitiva, el empresario es la persona física o jurídica propietaria de un elemento patrimonial
complejo, dinámico y heterogéneo que es la empresa. Este empresario podrá ser una persona
física (el mal denominado desde la perspectiva mercantil autónomo), o persona jurídica o
empresario social.
¿Qué es una sociedad?
De forma sintética, una sociedad es una modalidad de persona jurídica, creada por la autonomía
de la voluntad de las partes a través de un contrato o acto multilateral de constitución (basta el
simple acuerdo de las partes de constituir una sociedad) y de la publicidad de hecho de la misma
(la inscripción registral, cuando obligatoria, es constitutiva del nacimiento del concreto tipo pero
no de una personalidad jurídica previa que deriva, en su caso de la simple publicidad de hecho). La
sociedad es la propietaria de la empresa, de modo que se configura como el empresario social.
Además, en el caso de las sociedades capitalistas por la forma, la sociedad goza de la condición
mercantil con independencia de que sea propietaria de una empresa (de que su objetivo social sea
empresarial), lo que abre la posibilidad y discutida, de calificar a una sociedad como mercantil,
pero a la cual no se le aplique en sentido estricto el estatuto del empresario en algunas cuestiones.
¿Dónde está el origen de la confusión sociedad/empresa?
Confundir sociedad con empresa (afirmando que se transmiten las acciones de la empresa, por
ejemplo), supone confundir al propietario (la sociedad/persona jurídica), con la propiedad (la
empresa). El origen de la constante confusión puede proceder del hecho de que la gran mayoría
de las actividades empresariales se desarrollan mediante la constitución de sociedades
mercantiles, atendidas las ventajas fiscales y de limitación de responsabilidad que ello conlleva. Lo
anterior ha vulgarizado los términos de sociedad, empresa y autónomo y ha conducido a la actual
confusión en su empleo.
Empresa sociedad
Prescindiendo de las alteraciones y problemas que en el concepto ha introducido la desastrosa
categorización normativa del emprendedor por parte de la Ley de Emprendedores, así como las
novedades conceptuales que introduce al respecto el anteproyecto de Código Mercantil, el
empresario es la persona física o jurídica que teniendo capacidad legar para ello desarrolla de
forma profesional, habitual y en nombre propio, una actividad constitutiva de empresa, entendida,
como la organización de elementos materiales en inmateriales para la producción de bienes y
servicios en el mercado.
En definitiva, el empresario es la persona física o jurídica propietaria de un elemento patrimonial
complejo, dinámico y heterogéneo que es la empresa. Este empresario podrá ser una persona
física (el mal denominado desde la perspectiva mercantil autónomo), o persona jurídica o
empresario social.
¿Qué es una sociedad?
De forma sintética, una sociedad es una modalidad de persona jurídica, creada por la autonomía
de la voluntad de las partes a través de un contrato o acto multilateral de constitución (basta el
simple acuerdo de las partes de constituir una sociedad) y de la publicidad de hecho de la misma
(la inscripción registral, cuando obligatoria, es constitutiva del nacimiento del concreto tipo pero
no de una personalidad jurídica previa que deriva, en su caso de la simple publicidad de hecho). La
sociedad es la propietaria de la empresa, de modo que se configura como el empresario social.
Además, en el caso de las sociedades capitalistas por la forma, la sociedad goza de la condición
mercantil con independencia de que sea propietaria de una empresa (de que su objetivo social sea
empresarial), lo que abre la posibilidad y discutida, de calificar a una sociedad como mercantil,
pero a la cual no se le aplique en sentido estricto el estatuto del empresario en algunas cuestiones.
¿Dónde está el origen de la confusión sociedad/empresa?
Confundir sociedad con empresa (afirmando que se transmiten las acciones de la empresa, por
ejemplo), supone confundir al propietario (la sociedad/persona jurídica), con la propiedad (la
empresa). El origen de la constante confusión puede proceder del hecho de que la gran mayoría
de las actividades empresariales se desarrollan mediante la constitución de sociedades
mercantiles, atendidas las ventajas fiscales y de limitación de responsabilidad que ello conlleva. Lo
anterior ha vulgarizado los términos de sociedad, empresa y autónomo y ha conducido a la actual
confusión en su empleo.