Se trata, en definitiva, de constituciones promulgadas por Justiniano después de finalizada su obra
compiladora. Estas novelas no las conocemos a través de una colección oficial, y si tan solo a través
de compilaciones privadas, una de las cuales la constituye el denominado Epitome Iuliani
(epítome/resumen de Juliano, que era un profesor de Constantinopla). Este epítome está fechado
alrededor del año 555 y representa un resumen latino de 122 constituciones. Hay también otra
colección más amplia, el llamado Authenticum, que llega hasta el año 556 y que recoge 134 novelas
con traducción a latín de las novelas griegas.
5.3.1. Las Interpolaciones
Justiniano, al decretar su compilación, no se propuso únicamente recoger materiales jurídicos de
otras épocas sino que, fundamentalmente pretendió formar un cuerpo de preceptos aplicables a la
sociedad de su tiempo y, dado que muchos pasajes de obras de jurisconsultos clásicos y muchas
constituciones imperiales resultaban inadecuados por anacrónicos por responder a costumbres o
relaciones diversas de las que se daban en el mundo bizantino de mediados del s. VI, el emperador
autorizó a las comisiones redactoras del Digesto y del Código para la modificación de los textos de
los jurisconsultos y de las constituciones imperiales recopiladas cuando lo creyesen necesario.
Los comisionados hicieron amplio uso de dicha autorización y a dichas alteraciones se les da por los
estudiosos modernos, la denominación de interpolaciones. En la actualidad se estima incluso que los
comisionados bizantinos no tuvieron ante sí, en líneas generales, sino refundiciones posclásicas, es
decir, que los textos clásicos por ellos manejados habían sufrido ya graves alteraciones en la segunda
mitad del s. III d. C.
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compiladora. Estas novelas no las conocemos a través de una colección oficial, y si tan solo a través
de compilaciones privadas, una de las cuales la constituye el denominado Epitome Iuliani
(epítome/resumen de Juliano, que era un profesor de Constantinopla). Este epítome está fechado
alrededor del año 555 y representa un resumen latino de 122 constituciones. Hay también otra
colección más amplia, el llamado Authenticum, que llega hasta el año 556 y que recoge 134 novelas
con traducción a latín de las novelas griegas.
5.3.1. Las Interpolaciones
Justiniano, al decretar su compilación, no se propuso únicamente recoger materiales jurídicos de
otras épocas sino que, fundamentalmente pretendió formar un cuerpo de preceptos aplicables a la
sociedad de su tiempo y, dado que muchos pasajes de obras de jurisconsultos clásicos y muchas
constituciones imperiales resultaban inadecuados por anacrónicos por responder a costumbres o
relaciones diversas de las que se daban en el mundo bizantino de mediados del s. VI, el emperador
autorizó a las comisiones redactoras del Digesto y del Código para la modificación de los textos de
los jurisconsultos y de las constituciones imperiales recopiladas cuando lo creyesen necesario.
Los comisionados hicieron amplio uso de dicha autorización y a dichas alteraciones se les da por los
estudiosos modernos, la denominación de interpolaciones. En la actualidad se estima incluso que los
comisionados bizantinos no tuvieron ante sí, en líneas generales, sino refundiciones posclásicas, es
decir, que los textos clásicos por ellos manejados habían sufrido ya graves alteraciones en la segunda
mitad del s. III d. C.
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