EL REFORMISMO BORBÓNICO EN EL SIGLO XVIII
INTRODUCCIÓN
Al iniciarse el siglo XVIII, en España pervive el Antiguo Régimen (una sociedad esta-
mental, un sistema económico de base rural y señorial y un régimen político de monarquía que
tendía al absolutismo).
La muerte sin descendencia de Carlos II provocó un grave conflicto político, tanto en el
plano internacional como en el interior. El último de los reyes de la casa Habsburgo había cedi-
do sus derechos dinásticos a Felipe de Anjou, miembro de la casa Barbón, que también reinaba
en Francia. Pese a ello, otro candidato reclamó su derecho al trono, el archiduque Carlos. Esta -
lló la Guerra de Sucesión española que afectó a los territorios peninsulares y a las principales
potencias europeas.
La victoria de Felipe V le permitió implantar el absolutismo monárquico de inspiración
francesa caracterizado por la centralización del Estado y la reorganización y racionalización de
la administración y la estructura económica. Se suprimieron los privilegios forales de la Corona
de Aragón y se homogeneizaron las instituciones del Estado siguiendo el modelo castellano.
Desde Francia también se difundieron las ideas ilustradas, impulsoras de un programa moder-
nizador y reformista. Los principios de la Ilustración y el Despotismo Ilustrado fueron seguidos
por una nueva generación de pensadores, políticos y funcionarios que supieron diagnosticar los
problemas de la sociedad española e intentaron resolverlos. Sin embargo los principios de la
sociedad estamental y la oposición de los grupos privilegiados frustraron esta modernización.
1. REINADOS DE FELIPE V Y FERNANDO VI (1746-1759)
Uniformidad territorial: los Decretos de Nueva Planta
Siguiendo el modelo político implantado por Luis XIV en Francia, que se basaba en un po-
der central sólido que controlaba el territorio con una sola ley, al finalizar la Guerra de Suce-
sión, se inició la unificación de los antiguos reinos de Aragón y Castilla, imponiendo unas leyes
únicas, una administración idéntica y la homogeneización de todas las instituciones. Entre
1707 y 1716 se promulgaron los Decretos de Nueva Planta, que anularon los fueros e institu-
ciones de los distintos territorios de la Corona de Aragón y les imponía el sistema administrati-
vo castellano.
1.1 Reorganización administrativa
El territorio se dividió en provincias, gobernadas por un capitán general con poder militar
y administrativo, y se creó la figura del intendente, funcionarios encargados de las cuestiones
económicas y la recaudación de impuestos.
Las Cortes de Aragón fueron clausuradas e integradas en unas Cortes únicas. Además,
se suprimió el Consejo de Aragón y el Consejo de Castilla asumió sus funciones. El resto de
consejos pasaron a ser meros órganos consultivos y perdieron su peso en el gobierno.
Por encima de cualquier institución se situaba el poder del monarca, que intervenía y de -
cidía en todos los asuntos del Estado. Su labor era auxiliada por las Secretarías, parecido a los
actuales ministros, a cuyo frente se situaba un secretario. Éstos eran nombrados y destituidos
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INTRODUCCIÓN
Al iniciarse el siglo XVIII, en España pervive el Antiguo Régimen (una sociedad esta-
mental, un sistema económico de base rural y señorial y un régimen político de monarquía que
tendía al absolutismo).
La muerte sin descendencia de Carlos II provocó un grave conflicto político, tanto en el
plano internacional como en el interior. El último de los reyes de la casa Habsburgo había cedi-
do sus derechos dinásticos a Felipe de Anjou, miembro de la casa Barbón, que también reinaba
en Francia. Pese a ello, otro candidato reclamó su derecho al trono, el archiduque Carlos. Esta -
lló la Guerra de Sucesión española que afectó a los territorios peninsulares y a las principales
potencias europeas.
La victoria de Felipe V le permitió implantar el absolutismo monárquico de inspiración
francesa caracterizado por la centralización del Estado y la reorganización y racionalización de
la administración y la estructura económica. Se suprimieron los privilegios forales de la Corona
de Aragón y se homogeneizaron las instituciones del Estado siguiendo el modelo castellano.
Desde Francia también se difundieron las ideas ilustradas, impulsoras de un programa moder-
nizador y reformista. Los principios de la Ilustración y el Despotismo Ilustrado fueron seguidos
por una nueva generación de pensadores, políticos y funcionarios que supieron diagnosticar los
problemas de la sociedad española e intentaron resolverlos. Sin embargo los principios de la
sociedad estamental y la oposición de los grupos privilegiados frustraron esta modernización.
1. REINADOS DE FELIPE V Y FERNANDO VI (1746-1759)
Uniformidad territorial: los Decretos de Nueva Planta
Siguiendo el modelo político implantado por Luis XIV en Francia, que se basaba en un po-
der central sólido que controlaba el territorio con una sola ley, al finalizar la Guerra de Suce-
sión, se inició la unificación de los antiguos reinos de Aragón y Castilla, imponiendo unas leyes
únicas, una administración idéntica y la homogeneización de todas las instituciones. Entre
1707 y 1716 se promulgaron los Decretos de Nueva Planta, que anularon los fueros e institu-
ciones de los distintos territorios de la Corona de Aragón y les imponía el sistema administrati-
vo castellano.
1.1 Reorganización administrativa
El territorio se dividió en provincias, gobernadas por un capitán general con poder militar
y administrativo, y se creó la figura del intendente, funcionarios encargados de las cuestiones
económicas y la recaudación de impuestos.
Las Cortes de Aragón fueron clausuradas e integradas en unas Cortes únicas. Además,
se suprimió el Consejo de Aragón y el Consejo de Castilla asumió sus funciones. El resto de
consejos pasaron a ser meros órganos consultivos y perdieron su peso en el gobierno.
Por encima de cualquier institución se situaba el poder del monarca, que intervenía y de -
cidía en todos los asuntos del Estado. Su labor era auxiliada por las Secretarías, parecido a los
actuales ministros, a cuyo frente se situaba un secretario. Éstos eran nombrados y destituidos
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