DERECHO DE
COMERCI
INTERNACIONA
TEMA 3: COMPRAVENTA Y TRANSP
INTERNACIONAL DE MERCADE
CURSO ACADÉMICO 2020-
, 1.- LA REGULACIÓN DE LA
COMPRAVENTA INTERNACIONAL DE
MERCADERÍAS
• La compraventa internacional de mercaderías se destaca, hoy en día, como
central de las transacciones comerciales que se llevan a cabo a nivel internac
Cierto es que el contrato de compraventa constituye un tipo contractual típi
todos los ordenamientos jurídicos nacionales; pero la realidad demuestra qu
normas que estos ordenamientos aportan, para conducir el comportamiento
sujetos intervinientes en dicho acto, no resultan adecuadas para regula
transacciones internacionales, tomando en consideración las peculiaridade
estas últimas presentan, ignoradas por las normativas estatales que únicam
responde a un contexto nacional.
• El indiscutible aumento de las compraventas internacionales en los últimos tie
ha supuesto un notable incremento en la aplicación de la Convención de las Nac
Unidas sobre los Contratos de Compraventa Internacional de Mercaderías, hec
Viena el 11 de abril de 1980.
, 2.- APLICACIÓN DE LAS FUENTES E
LA COMPRAVENTA INTERNACIONAL
• A) ÁMBITO DE APLICACIÓN DEL CONVENIO DE VIENA DE 1
(CCIM)
El número de Estados ratificantes de la CV, así com
aplicación generalizada por parte de jueces y árbitros,
propia invocación de las partes como Derecho aplicable a
compraventas que celebran, lo hacen ser un elem
imprescindible en el ámbito de este tipo de contr
internacionales.
, • La finalidad de esta Convención es prever un régi
moderno, uniforme y equitativo para los contratos
compraventa internacional de mercancías, por lo
contribuye notablemente a dar seguridad jurídica a
intercambios comerciales y a reducir los gastos de
operaciones. Este instrumento surge debido a que el cont
de compraventa constituye el fundamento del come
internacional en todos los países, independientemente d
tradición jurídica o de su nivel de desarrollo económico.
esta razón, se considera que la CV es uno de los instrume
clave del comercio internacional que debería ser adop
por todos los países del mundo
COMERCI
INTERNACIONA
TEMA 3: COMPRAVENTA Y TRANSP
INTERNACIONAL DE MERCADE
CURSO ACADÉMICO 2020-
, 1.- LA REGULACIÓN DE LA
COMPRAVENTA INTERNACIONAL DE
MERCADERÍAS
• La compraventa internacional de mercaderías se destaca, hoy en día, como
central de las transacciones comerciales que se llevan a cabo a nivel internac
Cierto es que el contrato de compraventa constituye un tipo contractual típi
todos los ordenamientos jurídicos nacionales; pero la realidad demuestra qu
normas que estos ordenamientos aportan, para conducir el comportamiento
sujetos intervinientes en dicho acto, no resultan adecuadas para regula
transacciones internacionales, tomando en consideración las peculiaridade
estas últimas presentan, ignoradas por las normativas estatales que únicam
responde a un contexto nacional.
• El indiscutible aumento de las compraventas internacionales en los últimos tie
ha supuesto un notable incremento en la aplicación de la Convención de las Nac
Unidas sobre los Contratos de Compraventa Internacional de Mercaderías, hec
Viena el 11 de abril de 1980.
, 2.- APLICACIÓN DE LAS FUENTES E
LA COMPRAVENTA INTERNACIONAL
• A) ÁMBITO DE APLICACIÓN DEL CONVENIO DE VIENA DE 1
(CCIM)
El número de Estados ratificantes de la CV, así com
aplicación generalizada por parte de jueces y árbitros,
propia invocación de las partes como Derecho aplicable a
compraventas que celebran, lo hacen ser un elem
imprescindible en el ámbito de este tipo de contr
internacionales.
, • La finalidad de esta Convención es prever un régi
moderno, uniforme y equitativo para los contratos
compraventa internacional de mercancías, por lo
contribuye notablemente a dar seguridad jurídica a
intercambios comerciales y a reducir los gastos de
operaciones. Este instrumento surge debido a que el cont
de compraventa constituye el fundamento del come
internacional en todos los países, independientemente d
tradición jurídica o de su nivel de desarrollo económico.
esta razón, se considera que la CV es uno de los instrume
clave del comercio internacional que debería ser adop
por todos los países del mundo