CONSTITUCIÓN ESPAÑOLA DE 1978
Ratificada en Referéndum Sancionada y promulgada por Publicada BOE y entrada vigor
Datos Aprobada por Cortes 31/10/78
06/12/78 el Rey 27/12/78 29/12/78
Escrita Extensa Rígida Popular
Características Consensuada Poco original
Inacabada
Constitución Dogmática
Abarca el título preliminar y el
Recoge los principios más
básicos y esenciales que van a
Española 1978 título primero
regir en nuestro Estado
Partes
Se regulan los órganos básicos
Orgánica Resto Constitución
del Estado
169 Artículos / Preámbulo /
Título Preliminar / 10 Títulos /
Estructura 4 Disp. Adicionales / 9 Disp.
Transitorias / 1 Disp.
Derogatoria / 1 Disp. Final
,
, TÍTULO PRELIMINAR (ARTS. 1 A 9)
ARTÍCULO 1
1. España se constituye en un Estado social y democrático de Derecho, que propugna como valores superiores de su ordenamiento jurídico: libertad, justicia, igualdad y el pluralismo
político.
2. La soberanía nacional reside en el pueblo, del que emanan los poderes del Estado.
3. La forma política es la MONARQUÍA PARLAMENTARIA.
ARTÍCULO 2
La CE, se fundamenta en la indisoluble unidad de la nación española, patria común e indivisible de todos los españoles, y reconoce y garantiza el derecho de Autonomía entre las
nacionalidades y regiones que la integran y la solidaridad entre todas ellas.
ARTÍCULO 3
1. El castellano es la lengua española oficial del Estado.
Todos los españoles tienen el deber de conocerla y el derecho a usarla.
2. Las demás lenguas españolas serán oficiales en sus CCAA de acuerdo con sus Estatutos.
3. La riqueza de las distintas modalidades lingüísticas de España es patrimonio cultural y objeto de especial respeto y protección.
ARTÍCULO 4
1. La bandera de España está formada x3 franjas horizontales, siendo la amarilla de doble anchura.
2. Los Estatutos podrán reconocer banderas y enseñas de las CCAA. Se utilizarán junto a la bandera de España en sus edificios públicos y en actos oficiales..
ARTÍCULO 5
La capital es la Villa de Madrid.
ARTÍCULO 6
Los partidos políticos expresan el pluralismo político, concurren en la formación y manifestación de la voluntad popular, y son instrumento fundamental para la participación política.
Su creación y ejercicio son libres; y su estructura interna y funcionamiento democráticos.
ARTÍCULO 7
Los sindicatos de trabajadores y las asociaciones empresariales, contribuyen a la defensa y a la promoción de los intereses económicos y sociales que les son propios.
Su creación y ejercicio son libres; y su estructura interna y funcionamiento democráticos.
Ratificada en Referéndum Sancionada y promulgada por Publicada BOE y entrada vigor
Datos Aprobada por Cortes 31/10/78
06/12/78 el Rey 27/12/78 29/12/78
Escrita Extensa Rígida Popular
Características Consensuada Poco original
Inacabada
Constitución Dogmática
Abarca el título preliminar y el
Recoge los principios más
básicos y esenciales que van a
Española 1978 título primero
regir en nuestro Estado
Partes
Se regulan los órganos básicos
Orgánica Resto Constitución
del Estado
169 Artículos / Preámbulo /
Título Preliminar / 10 Títulos /
Estructura 4 Disp. Adicionales / 9 Disp.
Transitorias / 1 Disp.
Derogatoria / 1 Disp. Final
,
, TÍTULO PRELIMINAR (ARTS. 1 A 9)
ARTÍCULO 1
1. España se constituye en un Estado social y democrático de Derecho, que propugna como valores superiores de su ordenamiento jurídico: libertad, justicia, igualdad y el pluralismo
político.
2. La soberanía nacional reside en el pueblo, del que emanan los poderes del Estado.
3. La forma política es la MONARQUÍA PARLAMENTARIA.
ARTÍCULO 2
La CE, se fundamenta en la indisoluble unidad de la nación española, patria común e indivisible de todos los españoles, y reconoce y garantiza el derecho de Autonomía entre las
nacionalidades y regiones que la integran y la solidaridad entre todas ellas.
ARTÍCULO 3
1. El castellano es la lengua española oficial del Estado.
Todos los españoles tienen el deber de conocerla y el derecho a usarla.
2. Las demás lenguas españolas serán oficiales en sus CCAA de acuerdo con sus Estatutos.
3. La riqueza de las distintas modalidades lingüísticas de España es patrimonio cultural y objeto de especial respeto y protección.
ARTÍCULO 4
1. La bandera de España está formada x3 franjas horizontales, siendo la amarilla de doble anchura.
2. Los Estatutos podrán reconocer banderas y enseñas de las CCAA. Se utilizarán junto a la bandera de España en sus edificios públicos y en actos oficiales..
ARTÍCULO 5
La capital es la Villa de Madrid.
ARTÍCULO 6
Los partidos políticos expresan el pluralismo político, concurren en la formación y manifestación de la voluntad popular, y son instrumento fundamental para la participación política.
Su creación y ejercicio son libres; y su estructura interna y funcionamiento democráticos.
ARTÍCULO 7
Los sindicatos de trabajadores y las asociaciones empresariales, contribuyen a la defensa y a la promoción de los intereses económicos y sociales que les son propios.
Su creación y ejercicio son libres; y su estructura interna y funcionamiento democráticos.