El negocio jurídico requiere unas exigencias o presupuestos o requisitos:
-Capacidad de obrar: Se entiende que cuando se habla de personas con capacidad de
obras, nos referimos a personas con capacidad jurídica que se toma con el nacimiento.
-Legitimación: Que las personas estén capacitados y sean idóneas si se trata de
disponer, adquirir y obligarse.
-Idoneidad del objeto: Que los bienes e intereses que son materia del negocio jurídico
puedan sufrir la regulación que las partes les quiera dar.
Elementos del negocio jurídico:
-Elementos esenciales: Su existencia es imprescindible y si falta uno de ellos el negocio
es nulo o inexistentes.
Voluntad: Acto humano que contenga una o más manifestaciones de
voluntad. Debe de ser una voluntad eficaz, auténtica y verdadera, libre y
dada a conocer o exteriorizada.
Los negocios jurídicos en relaciones con la voluntad pueden ser:
o Formales/solemnes
o No formales/no solemnes
La representación: El derecho romano admite que la voluntad de un sujeto
para dar vida a un negocio jurídico tenga lugar a representación de otra
persona.
o El nuncio es una figura que es considerada como un instrumento
o Se considera representación cuando: El representante con su
propia manifestación de voluntad, da vida a un negocio jurídico,
pretendiendo que los efectos de éste tengan por destinatario a
otro sujeto llamado representado, al cual el representante está
unido o vinculado por una relación jurídica convencional o
potestativa. La representación puede ser:
Directa o inmediata: El representante actúa en nombre y
por cuenta del representado
Indirecta o mediata: El representante actúa en su propio
nombre pero por cuenta e interés del representado y los
efectos del negocio jurídico recae en el representante.
. Pero existe una excepción del NEGOCIORUM GESTIO que
se genera el vínculo simultáneamente.
Causa: Es la finalidad práctica que persiguen los sujetos y que coincide con
el fin económico social de cada clase de negocio.
Los negocios jurídicos en relaciones con la causa pueden ser:
o Causales (Negocios que tienen una única causa)
o Abstractos (Se caracterizan por ser negocios formales)
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-Capacidad de obrar: Se entiende que cuando se habla de personas con capacidad de
obras, nos referimos a personas con capacidad jurídica que se toma con el nacimiento.
-Legitimación: Que las personas estén capacitados y sean idóneas si se trata de
disponer, adquirir y obligarse.
-Idoneidad del objeto: Que los bienes e intereses que son materia del negocio jurídico
puedan sufrir la regulación que las partes les quiera dar.
Elementos del negocio jurídico:
-Elementos esenciales: Su existencia es imprescindible y si falta uno de ellos el negocio
es nulo o inexistentes.
Voluntad: Acto humano que contenga una o más manifestaciones de
voluntad. Debe de ser una voluntad eficaz, auténtica y verdadera, libre y
dada a conocer o exteriorizada.
Los negocios jurídicos en relaciones con la voluntad pueden ser:
o Formales/solemnes
o No formales/no solemnes
La representación: El derecho romano admite que la voluntad de un sujeto
para dar vida a un negocio jurídico tenga lugar a representación de otra
persona.
o El nuncio es una figura que es considerada como un instrumento
o Se considera representación cuando: El representante con su
propia manifestación de voluntad, da vida a un negocio jurídico,
pretendiendo que los efectos de éste tengan por destinatario a
otro sujeto llamado representado, al cual el representante está
unido o vinculado por una relación jurídica convencional o
potestativa. La representación puede ser:
Directa o inmediata: El representante actúa en nombre y
por cuenta del representado
Indirecta o mediata: El representante actúa en su propio
nombre pero por cuenta e interés del representado y los
efectos del negocio jurídico recae en el representante.
. Pero existe una excepción del NEGOCIORUM GESTIO que
se genera el vínculo simultáneamente.
Causa: Es la finalidad práctica que persiguen los sujetos y que coincide con
el fin económico social de cada clase de negocio.
Los negocios jurídicos en relaciones con la causa pueden ser:
o Causales (Negocios que tienen una única causa)
o Abstractos (Se caracterizan por ser negocios formales)
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