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Caso

Caso Practico IRPF- RENTAS

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Caso practico IRPF-RENTAS

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Profª. Dra. Mª. Teresa Mories Jiménez
Área de Derecho Financiero y Tributario
Departamento de Derecho Público y Económico
Universidad de Córdoba. Curso 17/18




CASO PRÁCTICO NÚMº. 3: I.R.P.F.
CONTRIBUYENTES, CRITERIOS DE INDIVIDUALIZACIÓN Y UNIDAD
FAMILIAR.

ESTEBAN COLODRO ZAMORA 3 DE DERECHO

1) Roberto Fuentes, es policía nacional y trabaja para la Embajada española, donde está
destinado desde diciembre de 2015, en comisión de servicio para reforzar su seguridad. El
sueldo lo abona íntegramente el Estado español. En el mes de febrero 2016 conoce a
Magdalena que residía en Bruselas desde hace tres años, y que justo en esa fecha es
contratada como administrativa en la Embajada española de dicha capital. En septiembre de
2016 han contraído matrimonio. ¿son contribuyentes por el IRPF Roberto y Magdalena en
el ejercicio 2015? ¿Y en el ejercicio 2016? ¿Podrían tributar conjuntamente en el ejercicio
2016? Argumente sus respuestas.

Primeramente hay que establecer que tanto Roberto como Magdalena son contribuyentes con la
diferencia de que Roberto es contribuyente con residencia habitual en españa y Magdalena es
contribuyente con residencia habitual en el extranjero ( Se considera contribuyente porque en
virtud del Arti 10 de la ley de IRPF se consideran contribuyentes el cónyuge no separado de
nacionalidad española con residencia habitual en el extranjero siendo administrativo de una
delegación española en el extranjero .

Roberto si es contribuyente por IRPF en el ejercicio 2015 y en el 2016 y Magdalena también es
contribuyente en el ejercicio 2016.

Roberto y Magdalena podrán tributar conjuntamente en el ejercicio 2016 así lo establece el
articulo 82 de la ley de IRPF , el cual establece “podran tributar conjuntamente ls personas que
formen parte de la siguiente modalidades
1. La integrada por los conyuges no separados legalmente


2) El Sr. Rojas, residente en España, es contratado en el mes de marzo de 2016 por una
empresa agrícola con sede en España, para gestionar unas fincas en Sudáfrica. Su mujer y
su hija de 2 años, se quedan en España inicialmente pero, aunque él cada dos meses pasa en
España 10 días, al final su mujer decide trasladarse a Sudáfrica en abril de 2017, y montar
una tienda de productos españoles gourmet. ¿Es contribuyente el Sr. Rojas en el IRPF en
2016? ¿Y en 2017? ¿Existiría alguna unidad familiar en 2016? ¿Y en 2017? Argumente sus
respuestas.

El señor Rojas es contribuyente en el ejercicio de 2016 , es contribuyente con residencia
habitual en el territorio español debido a que el articulo 9 lo considera así en su apartado b que
establece que será contribuyente con residencia en españa cuando el cónyuge no separado
legalmente residan en españa y dependa de aquel . ( Esto en el año de 2016 y principios de
2017). Por lo tanto si existe unidad familiar .
En 2017 el señor Rojas será contribuyente y tributara por impuesto de la renta de no residentes
debido a que la renta la adquiere de una empresa con sede en españa y ya no se le puede aplicar
el 9 (b porque su cónyuge ya reside en sudafrica con el y no depende económicamente de el -

Información del documento

Subido en
7 de marzo de 2023
Número de páginas
4
Escrito en
2020/2021
Tipo
Caso
Profesor(es)
Maria teresa mories
Grado
9 (sobresaliente)
6,99 €

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