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Notas de lectura

Derecho comunitario T-16

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13-01-2016
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2012/2013

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Tema 16. La libre prestación de servicios
Introducción

En 1957, con la firma del Tratado de Roma, se pretendió crear un mercado
único en toda la Unión Europea basado en el principio de la libre circulación
de bienes, personas, capitales y servicios.

La libre circulación de las personas establece el derecho de los nacionales
de un Estado miembro y a emprender y a realizar act de negocios en otros
Estados miembros. La libre circulación de servicios implica la libertad tanto
de las personas como de las sociedades y empresas para ofrecer sus
servicios en un Estado miembro diferente de aquel en el que están
establecidos

Aunque en 1966 ya se había alcanzado una unión aduanera, aún existían
numerosa barreras administrativas (eurosclerosis)

La comisión publicó en 1985 un Libro Blanco, con ell que se intenta:
relanzar la realización del Mercado Interior.

En 1987, entra en vigor el Acta Única Europea, cuyo elemento central es la
aceptación del programa de medidas a adoptar, contenido en el Libro
Blanco de la Comisión para lograr un medo unificado. Este texto confirma el
objetivo de lograr un espacio sin fronteras para 1+992

Hoy en día, esta libertad se regula en el Cap. III de Título IV de la Parte
Tercera del TFUE, pero está también ampliamente desarrollada por la
jurisprudencia de TJUE y los actos legislativos de la Unión.

Elementos de la libre prestación de servicios

Regulación jurídica

Según se desprende del art 56 del TFUE “En el marco de las disposiciones
siguientes, quedarán prohibidas las restricciones a la libre prestación de
servicios dentro de la Unión para los nacionales de los Estados miembros
establecidos en un Estado miembro que no sea el destinatario de la
prestación”

En el art 57 “con arreglo a los tratados, se considerarán como servicios las
prestaciones realizadas normalmente a cambio de una remuneración, en la
kmedida en que no se rijan por las disposiciones relativas a la libre
circulación de mercancías, capitales y personas. Los servicios comprenderán
en particular:

-Actividades de carac industrial

-Act de carac mercantil

-Act artesanales

, -Act propias de las profesiones liberales

El prestador de un servicio podrá, con objeto de realizar dicha prestación,
ejercer temporalmente dicha act en el Estado donde se lleve a cabo la
prestación.”

Para el logro de esta libertad, el parlamento Europeo y el Consejo, decidirán
mediante Directivas (art 59 del TFUE)

Los nuevos arts 60 y +61 del TFUE instan a los Estados Miembros a
proceder a una liberación “ + amplia a la exigida si su situación eco general
y la del sector afectado se lo permiten”

Carac. de la libre prestación de servicios

Esta libertad se aplicará a los prestadores de servicios (persona física con la
nacionalidad de un Estado miembro o lo dicho en el art 48 TFUE) que
ofrezca o preste un servicio, o a los prestatarios de servicios (cualquier
persona física con la nacionalidad de un Estado miembro o que se beneficie
de los derechos concedido a estas por los actos comunitarios o lo dicho en
el art 48 TFUE)

La libre circulación de servicios s e aplicará a todas las act eco que no se
consideraran asalariadas o que no se presten mediante establecimiento
permanente. Surgieron algunos problemas.

Por tanto, ambas libertades, la libre prestación de servicios y la libertad de
establecimiento, acotan su ámbito de acción según 3 parámetros: el tipo de
persona al que afectan, cualquier nacional de un Estado miembro, ya sea
persona física o jurídica; el territorio, la UE , y la materia.

La libre prestación de servicios ( y establecimiento) también tiene una
excepciones:

-Por razones de orden público, seguridad y salud pública

-Act relacionadas con el ejercicio del poder público, aunque sólo sea de
manera ocasional

Los Estados miembros pueden oponer razones imperiosas de interés general
para limitarla

La libre prestación de servicios puede presentar 3 modalidades:

-El prestador del servicio se desplaza temporalmente a otro Estado
miembro para efectuar la prestación del servicio

-El destinatario del servicio se desplaza al Estado donde reside el prestatario

-Se desplaza el propio objeto de la prestación, el prestador se lo enviaría al
destinatario sin moverse ninguno de los 2 sus respectivos países.
3,11 €
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