FICHA INCUMPLIMIENTO CONTRACTUAL. ELEMENTOS DE DERECHO
PRIVADO. GRUPO A
TEMA: EL INCUMPLIMIENTO CONTRACTUAL.
PLANTEAMIENTO DE ALGUNAS CUESTIONES JURÍDICAS:
-¿Qué significa incumplir un contrato y cuántos tipos de incumplimiento
existen?
-¿Con qué medios jurídicos cuenta un contratante cuando el otro incumple el
contrato? ¿Qué puede hacer jurídicamente?
-¿Es relevante si el incumplimiento se debe a culpa del deudor o si el
incumplimiento ha sido fortuito o sin culpa del deudor?
LAS NORMAS JURÍDICAS APLICABLES:
-Arts. 1124, 1100, 1101 a 1108 CC.
PRINCIPALES CONCEPTOS JURÍDICOS:
Incumplimiento total; Cumplimiento tardío; Mora; Cumplimiento parcial;
Cumplimiento defectuoso; Incumplimiento definitivo; Incumplimiento imputable;
Incumplimiento no imputable o fortuito; La acción de cumplimiento; La reducción del
precio; La acción resolutoria; La indemnización de daños y perjuicios.
TAREA PROPUESTA:
Determine en cada uno de los siguientes supuestos si se ha producido algún tipo
de incumplimiento, de que tipo sería éste, así como los medios jurídicos (remedios) con
que cuenta la parte que ha sufrido el incumplimiento (pueden ser de varios tipos y debe
justificarse la respuesta).
A) El Sr. Pérez compra por 168,49 euros un billete de tren de ida y vuelta para
acudir desde Málaga a una importante reunión que tenía en Madrid el día 15 de
noviembre de 2021, pero a consecuencia de una huelga de trabajadores del servicio de
limpieza de Renfe todos los trenes de ese día son cancelados. La reunión se celebró el
día fijado sin la participación el Sr. Pérez.
Sí existe incumplimiento total, definitivo e imputable.
Resolvería el contrato, se le tendría que devolver el dinero pagado.
B) El viaje de ida a Madrid del Sr. Pérez era para el día 15 y el de vuelta para el
día 16, pues la reunión era por la tarde en Madrid. Por esta razón, el Sr. Pérez también
había contratado y abonado una noche de alojamiento en Madrid por el precio de 88,68
euros (se trataba de una reserva no reembolsable).
Incumplimiento imputable ¿?
Puede reclamar los daños cuando es imputable. (cuando es culpable, es decir, la culpa
de RENFE) (HOTEL)
PRIVADO. GRUPO A
TEMA: EL INCUMPLIMIENTO CONTRACTUAL.
PLANTEAMIENTO DE ALGUNAS CUESTIONES JURÍDICAS:
-¿Qué significa incumplir un contrato y cuántos tipos de incumplimiento
existen?
-¿Con qué medios jurídicos cuenta un contratante cuando el otro incumple el
contrato? ¿Qué puede hacer jurídicamente?
-¿Es relevante si el incumplimiento se debe a culpa del deudor o si el
incumplimiento ha sido fortuito o sin culpa del deudor?
LAS NORMAS JURÍDICAS APLICABLES:
-Arts. 1124, 1100, 1101 a 1108 CC.
PRINCIPALES CONCEPTOS JURÍDICOS:
Incumplimiento total; Cumplimiento tardío; Mora; Cumplimiento parcial;
Cumplimiento defectuoso; Incumplimiento definitivo; Incumplimiento imputable;
Incumplimiento no imputable o fortuito; La acción de cumplimiento; La reducción del
precio; La acción resolutoria; La indemnización de daños y perjuicios.
TAREA PROPUESTA:
Determine en cada uno de los siguientes supuestos si se ha producido algún tipo
de incumplimiento, de que tipo sería éste, así como los medios jurídicos (remedios) con
que cuenta la parte que ha sufrido el incumplimiento (pueden ser de varios tipos y debe
justificarse la respuesta).
A) El Sr. Pérez compra por 168,49 euros un billete de tren de ida y vuelta para
acudir desde Málaga a una importante reunión que tenía en Madrid el día 15 de
noviembre de 2021, pero a consecuencia de una huelga de trabajadores del servicio de
limpieza de Renfe todos los trenes de ese día son cancelados. La reunión se celebró el
día fijado sin la participación el Sr. Pérez.
Sí existe incumplimiento total, definitivo e imputable.
Resolvería el contrato, se le tendría que devolver el dinero pagado.
B) El viaje de ida a Madrid del Sr. Pérez era para el día 15 y el de vuelta para el
día 16, pues la reunión era por la tarde en Madrid. Por esta razón, el Sr. Pérez también
había contratado y abonado una noche de alojamiento en Madrid por el precio de 88,68
euros (se trataba de una reserva no reembolsable).
Incumplimiento imputable ¿?
Puede reclamar los daños cuando es imputable. (cuando es culpable, es decir, la culpa
de RENFE) (HOTEL)