Estado: Sus generalidades y especificidad
La palabra castellana proviene del latín “status”. El concepto de estado goza de ambigüedad y
equivocidad por lo tanto podemos decir qué:
En sentido amplio: Se refiere a toda forma de organizar la convivencia en la sociedad.
Ej: la organización de los mayas, griegos, egipcios, etc.
En sentido estricto: Es una particular forma de organización de la convivencia política,
ubicado temporalmente en el siglo XV en Europa Occidental, lo que comúnmente
llamamos “Estado Moderno”.
Según Heller, el Estado es la unidad organizada de decisión y acción, de base territorial y
soberana que por medio de la ordenación normativa o derecho aspira al bien común o articula
las relaciones sociales. Está inmerso en la realidad social que es una totalidad y al estar
inmerso posee atributos propios como poder, soberanía y derecho positivo. Esta totalidad
debe ser vista en función de:
Lo natural: geografía, raza, territorio.
Lo cultural: derecho, construcciones del hombre.
Contexto histórico- geográfico de la realidad estatal. Distintas concepciones
Varias teorías, hablan sobre el estado. Estan las teorías afirmativas y las teorías negativas.
Teorías esencialistas (afirmativas): Son aquellas que afirman que el estado existe.
1. Ihering: Dice que el estado es un organismo vivo que debe seguir la lógica de la
naturaleza. Se desvincula de las personas que lo integran y tiene vida propia.
2. Savigny: Afirma que el estado es una personalidad jurídica, es un sujeto de
derecho, una ficción. Por lo tanto solo puede actuar a través de la voluntad de
sus órganos.
3. Héller: Sostiene que la esencia del estado es una organización y debe
aplicársele el régimen de ellas. Aparece la idea del estado como totalidad.
4. Jelinek: Dice que el estado tiene una doble naturaleza y que es una formación
histórica-social a la que se adosa el derecho.
, Teorias no esencialistas (negativas): Ven al estado como un hecho que no tiene
naturaleza propia.
1. Marx: Sostiene que lo que determina las relaciones son los modos de
producción. El estado aparece como una forma de denominación al
propietario.
2. Kelsen: Sostiene que el estado es solo una personalidad puramente jurídica. El
estado como persona jurídica es la personificación de dicha comunidad o el
orden jurídico que lo constituye.
Relacion entre estado y derecho (Mario Justo Lopez):
Plano cronológico:
Jellinek: Piensa que lo que surgió primero fue el estado ya que el derecho debe
depender de un organismo público.
Iusnaturalismo: Expresan que el derecho es propio de la naturaleza humana, por lo
tanto no puede surgir con el estado ni después de él.
Gierke: Expresa una dialéctica entre estado y derecho, al nacer el estado nace también
el derecho.
Plano histórico: Se lo analiza desde su historia. Aparece en distintas formas, como en la polis
griega, en la republica romana, etc.
Plano axiológico: ¿Deben los que ejercen el poder estar subordinados al derecho?
Maquiavelo y Hobbes: Expresan que el soberano de un Estado no está sujeto a las
leyes ya que puede decidir sobre las mismas, creando nuevas o revocando antiguas.
Platon y Aristoteles: Afirman que la actividad del Estado y los que la integran deben
estar reguladas jurídicamente.
Heller: Otros plantean la inseparabilidad del Estado y el derecho. El uno no existe sin el
otro.
La palabra castellana proviene del latín “status”. El concepto de estado goza de ambigüedad y
equivocidad por lo tanto podemos decir qué:
En sentido amplio: Se refiere a toda forma de organizar la convivencia en la sociedad.
Ej: la organización de los mayas, griegos, egipcios, etc.
En sentido estricto: Es una particular forma de organización de la convivencia política,
ubicado temporalmente en el siglo XV en Europa Occidental, lo que comúnmente
llamamos “Estado Moderno”.
Según Heller, el Estado es la unidad organizada de decisión y acción, de base territorial y
soberana que por medio de la ordenación normativa o derecho aspira al bien común o articula
las relaciones sociales. Está inmerso en la realidad social que es una totalidad y al estar
inmerso posee atributos propios como poder, soberanía y derecho positivo. Esta totalidad
debe ser vista en función de:
Lo natural: geografía, raza, territorio.
Lo cultural: derecho, construcciones del hombre.
Contexto histórico- geográfico de la realidad estatal. Distintas concepciones
Varias teorías, hablan sobre el estado. Estan las teorías afirmativas y las teorías negativas.
Teorías esencialistas (afirmativas): Son aquellas que afirman que el estado existe.
1. Ihering: Dice que el estado es un organismo vivo que debe seguir la lógica de la
naturaleza. Se desvincula de las personas que lo integran y tiene vida propia.
2. Savigny: Afirma que el estado es una personalidad jurídica, es un sujeto de
derecho, una ficción. Por lo tanto solo puede actuar a través de la voluntad de
sus órganos.
3. Héller: Sostiene que la esencia del estado es una organización y debe
aplicársele el régimen de ellas. Aparece la idea del estado como totalidad.
4. Jelinek: Dice que el estado tiene una doble naturaleza y que es una formación
histórica-social a la que se adosa el derecho.
, Teorias no esencialistas (negativas): Ven al estado como un hecho que no tiene
naturaleza propia.
1. Marx: Sostiene que lo que determina las relaciones son los modos de
producción. El estado aparece como una forma de denominación al
propietario.
2. Kelsen: Sostiene que el estado es solo una personalidad puramente jurídica. El
estado como persona jurídica es la personificación de dicha comunidad o el
orden jurídico que lo constituye.
Relacion entre estado y derecho (Mario Justo Lopez):
Plano cronológico:
Jellinek: Piensa que lo que surgió primero fue el estado ya que el derecho debe
depender de un organismo público.
Iusnaturalismo: Expresan que el derecho es propio de la naturaleza humana, por lo
tanto no puede surgir con el estado ni después de él.
Gierke: Expresa una dialéctica entre estado y derecho, al nacer el estado nace también
el derecho.
Plano histórico: Se lo analiza desde su historia. Aparece en distintas formas, como en la polis
griega, en la republica romana, etc.
Plano axiológico: ¿Deben los que ejercen el poder estar subordinados al derecho?
Maquiavelo y Hobbes: Expresan que el soberano de un Estado no está sujeto a las
leyes ya que puede decidir sobre las mismas, creando nuevas o revocando antiguas.
Platon y Aristoteles: Afirman que la actividad del Estado y los que la integran deben
estar reguladas jurídicamente.
Heller: Otros plantean la inseparabilidad del Estado y el derecho. El uno no existe sin el
otro.