7. ORIGEN CORTES CRISTIANAS Y SUS FUNCIONES
Se denominan Cortes a la asamblea o reunión general de los tres estamentos medievales,
nobleza, clero y burguesía, cuyo carácter era consultivo.
Su origen está en la ampliación de la Curia Regia o consejo real en la que inicialmente solo
participaba la nobleza y el clero. Esta ampliación se dio debido a la proliferación y control
monetario que la burguesía poseía. La Curia Regia era una asamblea heredera del Aula Regia y
ayudaba al monarca en las tareas de gobierno y administración del reino.
Entre los siglos XII y XIII, con el resurgir de la vida económica y la circulación mercantil, las
ciudades aumentaron su población y poder. Los reyes viendo la fuerza económica que las
ciudades poseen, deciden integrarlas en la política del reino y tratan de usarlas como aliados
en la lucha contra el poder de la nobleza y clero. Esto lleva a la concesión por parte de los
monarcas de fueros especiales y privilegios a los municipios urbanos, y a incluirlos en las
asambleas regias, formándose así las Cortes.
Aunque en la actualidad se use la misma denominación para el poder legislativo, las cortes no
eran parlamentos como en la actualidad. Se consultaban asuntos legales y de impuestos a
cambio de tener en cuenta las peticiones de los estamentos. Sin embargo, su convocatoria era
irregular y solo se producía en caso de necesidad de subsidios (una guerra).
La individualización de los distintos estados peninsulares también crea diferencias entre las
distintas Cortes. Las primeras cortes en apareces son las del reino de León en el s. XII y más
tarde aparecen las de Castilla, cuyo poder legislativo y decisiones no eran vinculantes, ya que
no aunaban casi poder. No obstante, las Cortes castellano-leonesas tomaron decisiones de
trascendental importancia y desempeñaron un papel muy destacado en las graves crisis
políticas y sociales que afectaron al reino.
En la Corona de Aragón, la autonomía de los distintos reinos se tradujo en el mantenimiento
de cortes propias aunque en ocasiones la convocatoria se hiciera conjunta. Sus competencias
fueron superiores a las de Castilla debido a la tradición pactista de la monarquía aragonesa.
Limitaron la autoridad de los reyes y no podían legislar sin contar con ellas y jurar respeto por
los fueros de cada reino.
Las Cortes navarras compartieron muchas características de funcionamiento con las de Aragón
y en ellas no solo se votaban los subsidios extraordinarios como en las Cortes de otros reinos,
sino también los tributos ordinarios. Su labor, aunque reconocida tuvo poca importancia real.
Las Cortes portuguesas se formaron y actuaron a imagen de las castellanas.
Una consecuencia importante de la aparición de las cortes más allá de su funcionamiento fue
la aparición de organismos políticos administrativos encargados de vigilar el cumplimiento de
lo acordado y controlar el cobro de impuesto. Estos organismos surgieron en la Corona de
Aragón y Navarra hacia el siglo XIV y acabaron convirtiéndose en instituciones permanentes
asumiendo cada vez más competencias. Sus nombres aún perduran en la estructura política
actual, aunque con otras funciones (Generalitat en Cataluña y Valencia, y las diputaciones en
Aragón y Navarra.
Se denominan Cortes a la asamblea o reunión general de los tres estamentos medievales,
nobleza, clero y burguesía, cuyo carácter era consultivo.
Su origen está en la ampliación de la Curia Regia o consejo real en la que inicialmente solo
participaba la nobleza y el clero. Esta ampliación se dio debido a la proliferación y control
monetario que la burguesía poseía. La Curia Regia era una asamblea heredera del Aula Regia y
ayudaba al monarca en las tareas de gobierno y administración del reino.
Entre los siglos XII y XIII, con el resurgir de la vida económica y la circulación mercantil, las
ciudades aumentaron su población y poder. Los reyes viendo la fuerza económica que las
ciudades poseen, deciden integrarlas en la política del reino y tratan de usarlas como aliados
en la lucha contra el poder de la nobleza y clero. Esto lleva a la concesión por parte de los
monarcas de fueros especiales y privilegios a los municipios urbanos, y a incluirlos en las
asambleas regias, formándose así las Cortes.
Aunque en la actualidad se use la misma denominación para el poder legislativo, las cortes no
eran parlamentos como en la actualidad. Se consultaban asuntos legales y de impuestos a
cambio de tener en cuenta las peticiones de los estamentos. Sin embargo, su convocatoria era
irregular y solo se producía en caso de necesidad de subsidios (una guerra).
La individualización de los distintos estados peninsulares también crea diferencias entre las
distintas Cortes. Las primeras cortes en apareces son las del reino de León en el s. XII y más
tarde aparecen las de Castilla, cuyo poder legislativo y decisiones no eran vinculantes, ya que
no aunaban casi poder. No obstante, las Cortes castellano-leonesas tomaron decisiones de
trascendental importancia y desempeñaron un papel muy destacado en las graves crisis
políticas y sociales que afectaron al reino.
En la Corona de Aragón, la autonomía de los distintos reinos se tradujo en el mantenimiento
de cortes propias aunque en ocasiones la convocatoria se hiciera conjunta. Sus competencias
fueron superiores a las de Castilla debido a la tradición pactista de la monarquía aragonesa.
Limitaron la autoridad de los reyes y no podían legislar sin contar con ellas y jurar respeto por
los fueros de cada reino.
Las Cortes navarras compartieron muchas características de funcionamiento con las de Aragón
y en ellas no solo se votaban los subsidios extraordinarios como en las Cortes de otros reinos,
sino también los tributos ordinarios. Su labor, aunque reconocida tuvo poca importancia real.
Las Cortes portuguesas se formaron y actuaron a imagen de las castellanas.
Una consecuencia importante de la aparición de las cortes más allá de su funcionamiento fue
la aparición de organismos políticos administrativos encargados de vigilar el cumplimiento de
lo acordado y controlar el cobro de impuesto. Estos organismos surgieron en la Corona de
Aragón y Navarra hacia el siglo XIV y acabaron convirtiéndose en instituciones permanentes
asumiendo cada vez más competencias. Sus nombres aún perduran en la estructura política
actual, aunque con otras funciones (Generalitat en Cataluña y Valencia, y las diputaciones en
Aragón y Navarra.