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TEMA 33: ESTUPEFACIENTES Y
fid
PSICÓTROPOS. FISCALIZACIÓN Y
en
CONTROL
ci
al
1. Introducción y Marco Internacional
La fiscalización de sustancias estupefacientes y psicotrópicas, así como el control
de sus precursores químicos, se fundamenta en tres grandes convenios y tratados
internacionales ratificados por España, cuyas listas de control son actualizadas
periódicamente por la Junta Internacional de Fiscalización de Estupefacientes
(JIFE):
● Convenio Único de 1961 sobre Estupefacientes: Su objetivo es limitar la
producción y comercio de estas sustancias exclusivamente a fines médicos y
científicos. Su herramienta de control es la Lista Amarilla, que contiene la
relación actualizada de estupefacientes sometidos a fiscalización
internacional.
● Convenio sobre Sustancias Sicotrópicas de 1971: Establece el control
sobre sustancias que actúan sobre el sistema nervioso central (SNC). Su
herramienta es la Lista Verde, que recoge los nombres de los psicótropos
bajo control internacional.
● Convención de las Naciones Unidas contra el Tráfico Ilícito de
Estupefacientes y Sustancias Sicotrópicas de 1988: Regula el control de
los precursores y sustancias químicas que pueden ser desviadas hacia la
fabricación ilícita de drogas. Su herramienta es la Lista Roja.
1.1. Conceptos Básicos
Los estupefacientes y psicótropos son sustancias cuya producción, fabricación,
importación, exportación, tráfico, comercio, uso y distribución se encuentran
estrictamente regulados:
● Estupefaciente: Cualquier sustancia, natural o sintética, incluida en las
Listas I y II anexas al Convenio Único de 1961.
● Psicótropo (Psicotropo): Cualquier sustancia, natural o sintética, o
cualquier material natural incluido en las Listas I, II, III o IV anexas al
Convenio de 1971.
● Precursores e Intermedios: Sustancias químicas legítimas que son
susceptibles de desviación para la fabricación clandestina y síntesis de
drogas ilícitas. Su tráfico internacional está controlado según las directrices
de la Convención de 1988.
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2. Papel de la AEMPS y Regulación Nacional
fid
De conformidad con el Real Decreto 1275/2011, la Agencia Española de
Medicamentos y Productos Sanitarios (AEMPS) es el organismo estatal competente
en
para desarrollar las funciones de inspección y control en materia de tráfico y uso
lícito de estupefacientes y sustancias psicotrópicas.
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2.1. Funciones de la AEMPS
● Coordinación periférica: Coordinar el funcionamiento de las Áreas y
Dependencias de Sanidad de las Delegaciones del Gobierno en las
actividades de sanidad exterior y de inspección farmacéutica.
● Control del tráfico lícito de sustancias de cultivo y medicamentos:
1. Intervención y control de la producción, fabricación y suministro de
materias primas estupefacientes a las entidades debidamente
autorizadas.
2. Control de la fabricación de sustancias activas psicotrópicas.
3. Control de la distribución y dispensación de estupefacientes y
psicótropos.
4. Gestión del comercio exterior (importaciones y exportaciones) de
estupefacientes y psicótropos.
5. Emisión de certificados y permisos específicos para el transporte de
medicamentos estupefacientes y psicótropos por parte de viajeros
internacionales.
● Actuaciones frente al tráfico ilícito:
1. Análisis e identificación de las sustancias estupefacientes y
psicotrópicas decomisadas en las operaciones contra el tráfico ilícito.
2. Asesoramiento científico y técnico a la red de laboratorios periféricos
de análisis.
3. Asesoramiento y asistencia pericial a las instituciones judiciales,
fuerzas de seguridad y otros organismos públicos.
3. Estructura de las Listas de Fiscalización
Internacional
3.1. Listas del Convenio Único de 1961 (Estupefacientes)
Los Estados parte se comprometen a limitar la producción, fabricación, exportación,
importación, distribución, comercio y posesión de estupefacientes a fines
exclusivamente médicos y científicos. Los gobiernos deben proporcionar
anualmente a la JIFE las previsiones (estimates) sobre las cantidades que serán
necesarias, fabricadas y utilizadas.
● Lista I: Incluye sustancias estupefacientes sometidas a rigurosas medidas de
control y fiscalización (ej. fentanilo, morfina, metadona). Su prescripción
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TEMA 33: ESTUPEFACIENTES Y
fid
PSICÓTROPOS. FISCALIZACIÓN Y
en
CONTROL
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1. Introducción y Marco Internacional
La fiscalización de sustancias estupefacientes y psicotrópicas, así como el control
de sus precursores químicos, se fundamenta en tres grandes convenios y tratados
internacionales ratificados por España, cuyas listas de control son actualizadas
periódicamente por la Junta Internacional de Fiscalización de Estupefacientes
(JIFE):
● Convenio Único de 1961 sobre Estupefacientes: Su objetivo es limitar la
producción y comercio de estas sustancias exclusivamente a fines médicos y
científicos. Su herramienta de control es la Lista Amarilla, que contiene la
relación actualizada de estupefacientes sometidos a fiscalización
internacional.
● Convenio sobre Sustancias Sicotrópicas de 1971: Establece el control
sobre sustancias que actúan sobre el sistema nervioso central (SNC). Su
herramienta es la Lista Verde, que recoge los nombres de los psicótropos
bajo control internacional.
● Convención de las Naciones Unidas contra el Tráfico Ilícito de
Estupefacientes y Sustancias Sicotrópicas de 1988: Regula el control de
los precursores y sustancias químicas que pueden ser desviadas hacia la
fabricación ilícita de drogas. Su herramienta es la Lista Roja.
1.1. Conceptos Básicos
Los estupefacientes y psicótropos son sustancias cuya producción, fabricación,
importación, exportación, tráfico, comercio, uso y distribución se encuentran
estrictamente regulados:
● Estupefaciente: Cualquier sustancia, natural o sintética, incluida en las
Listas I y II anexas al Convenio Único de 1961.
● Psicótropo (Psicotropo): Cualquier sustancia, natural o sintética, o
cualquier material natural incluido en las Listas I, II, III o IV anexas al
Convenio de 1971.
● Precursores e Intermedios: Sustancias químicas legítimas que son
susceptibles de desviación para la fabricación clandestina y síntesis de
drogas ilícitas. Su tráfico internacional está controlado según las directrices
de la Convención de 1988.
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2. Papel de la AEMPS y Regulación Nacional
fid
De conformidad con el Real Decreto 1275/2011, la Agencia Española de
Medicamentos y Productos Sanitarios (AEMPS) es el organismo estatal competente
en
para desarrollar las funciones de inspección y control en materia de tráfico y uso
lícito de estupefacientes y sustancias psicotrópicas.
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2.1. Funciones de la AEMPS
● Coordinación periférica: Coordinar el funcionamiento de las Áreas y
Dependencias de Sanidad de las Delegaciones del Gobierno en las
actividades de sanidad exterior y de inspección farmacéutica.
● Control del tráfico lícito de sustancias de cultivo y medicamentos:
1. Intervención y control de la producción, fabricación y suministro de
materias primas estupefacientes a las entidades debidamente
autorizadas.
2. Control de la fabricación de sustancias activas psicotrópicas.
3. Control de la distribución y dispensación de estupefacientes y
psicótropos.
4. Gestión del comercio exterior (importaciones y exportaciones) de
estupefacientes y psicótropos.
5. Emisión de certificados y permisos específicos para el transporte de
medicamentos estupefacientes y psicótropos por parte de viajeros
internacionales.
● Actuaciones frente al tráfico ilícito:
1. Análisis e identificación de las sustancias estupefacientes y
psicotrópicas decomisadas en las operaciones contra el tráfico ilícito.
2. Asesoramiento científico y técnico a la red de laboratorios periféricos
de análisis.
3. Asesoramiento y asistencia pericial a las instituciones judiciales,
fuerzas de seguridad y otros organismos públicos.
3. Estructura de las Listas de Fiscalización
Internacional
3.1. Listas del Convenio Único de 1961 (Estupefacientes)
Los Estados parte se comprometen a limitar la producción, fabricación, exportación,
importación, distribución, comercio y posesión de estupefacientes a fines
exclusivamente médicos y científicos. Los gobiernos deben proporcionar
anualmente a la JIFE las previsiones (estimates) sobre las cantidades que serán
necesarias, fabricadas y utilizadas.
● Lista I: Incluye sustancias estupefacientes sometidas a rigurosas medidas de
control y fiscalización (ej. fentanilo, morfina, metadona). Su prescripción