La estructura política y la ley de los hititas
Las leyes hititas se diferencian claramente del código de Hammurabi de
Babilonia, no sólo en contenido sino por la forma en la que sobrevivieron.
Mientras las leyes de Hammurabi se inscribieron en una estela, las hititas
fueron traducidas y editadas de cientos de fragmentos de tablillas de arcilla
excavadas en Hattusas.
Las tablillas contenían la escritura de la ley; los especialistas han acordado que
había un código de leyes dividido en dos series, de cien cada uno y
numeradas. Cada ley comenzaba con una clausula condicional (“si un hombre”,
“si un viñedo”). Las situaciones cubiertas por las leyes hititas son mucho más
amplias que las del código babilónico, por ejemplo: homicidio- justificable o no-
asalto, propiedad de esclavos, leyes sanitarias, procedimientos para el
matrimonio, obligaciones feudales, robo, ofensas relacionadas a los viñedos,
daños a la propiedad, irregularidades en compra y venta, ordenanzas religiosas
relacionadas a la agricultura, desheredamiento por parte de una madre y
ofensas sexuales.
Este amplio rango de las leyes hititas es una clara indicación de la complejidad
del Estado. El rey era la base de la ley y sus decisiones frecuentemente eran
grabadas. La ley hitita estaba siempre evolucionando sin excesivo respeto por
las regulaciones del pasado.
Se ha dicho y no sin razón que las leyes de los hititas eran más humanas que
las de Babilonia y Asiria. Esta afirmación se debe a que eran pocas las
ocasiones en que se aplicaba la pena de muerte 1, y más las que se aplicaban
multas. La pena capital estaba reservada para un par de crímenes: bestialidad,
incesto, hechicería por parte de un esclavo ante un hombre libre y robo de un
arma de bronce de la Puerta del Rey porque iba en contra de la seguridad del
Estado.
1
La ley no era uniforme a lo largo del imperio hitita, en algunos lugares se aplicaba la pena de muerte por
otro tipo de crímenes.
, Por otra parte la legislación diplomática tomaba forma de tratados y la ley
burocrática y administrativa, se expresaba en forma de decretos reales, lo que
los hititólogos llaman “textos de instrucción”. Las instrucciones para actuar
frente a casos están descriptas en las Instrucciones a los comandantes de
Distrito.
Ha interesado a los hititólogos, principalmente, el contenido de los documentos
que hablan acerca de la historia hitita y las relaciones con varios Estados
extranjeros. Un ejemplo de las partes que componían un tratado durante los
reinados de Suppilulima I, Mursil I y Muwatalli II:
1. Introducción del hablante
2. Prólogo histórico
3. Estipulaciones
4. Declaraciones concernientes al documento
5. Testigos divinos
6. Maldiciones sobre la desobediencia y bendiciones para la obediencia.
Uno de los Tratados internacionales más conocidos en el firmado entre
egipcios e hititas, concluido en el vigésimo primer año del reinado de Ramsés II
(aproximadamente noviembre-diciembre de 1259 a.c.) en la ciudad de Pi-
Ramsés, donde puede leerse:
“Año 21 1er. Mes del invierno, día 21, bajo la Majestad de (…) Ramsés II.
Ese día, mirad, su majestad estaba en la ciudad de Pi-Ramsés, haciendo
el placer (de los dioses). Vinieron los (tres emisarios reales de Egipto…)
junto con el primer y segundo enviados reales de Hatti, Tili-Tesub y
Ramose y el enviado de Carkemish, Yapusili, que llevaban la tablilla de
Las leyes hititas se diferencian claramente del código de Hammurabi de
Babilonia, no sólo en contenido sino por la forma en la que sobrevivieron.
Mientras las leyes de Hammurabi se inscribieron en una estela, las hititas
fueron traducidas y editadas de cientos de fragmentos de tablillas de arcilla
excavadas en Hattusas.
Las tablillas contenían la escritura de la ley; los especialistas han acordado que
había un código de leyes dividido en dos series, de cien cada uno y
numeradas. Cada ley comenzaba con una clausula condicional (“si un hombre”,
“si un viñedo”). Las situaciones cubiertas por las leyes hititas son mucho más
amplias que las del código babilónico, por ejemplo: homicidio- justificable o no-
asalto, propiedad de esclavos, leyes sanitarias, procedimientos para el
matrimonio, obligaciones feudales, robo, ofensas relacionadas a los viñedos,
daños a la propiedad, irregularidades en compra y venta, ordenanzas religiosas
relacionadas a la agricultura, desheredamiento por parte de una madre y
ofensas sexuales.
Este amplio rango de las leyes hititas es una clara indicación de la complejidad
del Estado. El rey era la base de la ley y sus decisiones frecuentemente eran
grabadas. La ley hitita estaba siempre evolucionando sin excesivo respeto por
las regulaciones del pasado.
Se ha dicho y no sin razón que las leyes de los hititas eran más humanas que
las de Babilonia y Asiria. Esta afirmación se debe a que eran pocas las
ocasiones en que se aplicaba la pena de muerte 1, y más las que se aplicaban
multas. La pena capital estaba reservada para un par de crímenes: bestialidad,
incesto, hechicería por parte de un esclavo ante un hombre libre y robo de un
arma de bronce de la Puerta del Rey porque iba en contra de la seguridad del
Estado.
1
La ley no era uniforme a lo largo del imperio hitita, en algunos lugares se aplicaba la pena de muerte por
otro tipo de crímenes.
, Por otra parte la legislación diplomática tomaba forma de tratados y la ley
burocrática y administrativa, se expresaba en forma de decretos reales, lo que
los hititólogos llaman “textos de instrucción”. Las instrucciones para actuar
frente a casos están descriptas en las Instrucciones a los comandantes de
Distrito.
Ha interesado a los hititólogos, principalmente, el contenido de los documentos
que hablan acerca de la historia hitita y las relaciones con varios Estados
extranjeros. Un ejemplo de las partes que componían un tratado durante los
reinados de Suppilulima I, Mursil I y Muwatalli II:
1. Introducción del hablante
2. Prólogo histórico
3. Estipulaciones
4. Declaraciones concernientes al documento
5. Testigos divinos
6. Maldiciones sobre la desobediencia y bendiciones para la obediencia.
Uno de los Tratados internacionales más conocidos en el firmado entre
egipcios e hititas, concluido en el vigésimo primer año del reinado de Ramsés II
(aproximadamente noviembre-diciembre de 1259 a.c.) en la ciudad de Pi-
Ramsés, donde puede leerse:
“Año 21 1er. Mes del invierno, día 21, bajo la Majestad de (…) Ramsés II.
Ese día, mirad, su majestad estaba en la ciudad de Pi-Ramsés, haciendo
el placer (de los dioses). Vinieron los (tres emisarios reales de Egipto…)
junto con el primer y segundo enviados reales de Hatti, Tili-Tesub y
Ramose y el enviado de Carkemish, Yapusili, que llevaban la tablilla de