CONSTITUCIÓN DE 1931.
Introducción
La Segunda República (1931-1936) fue una etapa trascendental en la historia
contemporánea de España, ya que se manifestaron problemas como el
intervencionismo del ejército en la política, las relaciones Estado-Iglesia, el problema
de la enseñanza, los conflictos sociales… La república trató de poner en marcha
reformas para solucionar dichos problemas.
Pero no favorecieron distintos factores cómo el antagonismo entre las clases
acomodadas y las populares, ni la situación internacional, ni la recesión provocada
por la Crisis del 29 que afectó a España y dificultó las reformas, agudizando la
tensión social existente y favoreciendo la confrontación entre parte de las clases
populares, inclinadas hacia procesos revolucionarios y/o transformadores de gran
calado, y las capas más tradicionales de la sociedad, entre los que se incluyen los
grupos económicos más poderosos, proclives a una solución de fuerza que no
descarta una salida de tipo fascista para España.
La República fracasó porque se desarrolló en un contexto internacional inapropiado
y por la fuerte polarización de la sociedad que favoreció la crispación por los grupos
más reaccionarios para justificar un golpe de estado que condujo a la guerra civil.
Antecedentes
El último gobierno presidido por el almirante Aznar convocó elecciones para volver
a la normalidad constitucional tras la dictadura de Primo de Rivera, por lo que el 12
de abril de 1931 se celebraron los comicios locales para la elección de concejales
de ayuntamientos que representaban un plebiscito para los republicanos contra una
monarquía muy vinculada a la dictadura.
La campaña electoral fue intensa y la participación fue del 65% de los varones
censados. El resultado fue desigual y el número total de concejales monárquicos
superó al de la conjunción Republicano-Socialista pero en las capitales de
provincia los monárquicos fueron derrotados (en Madrid los republicanos obtuvieron
el triple de votos y en Barcelona el cuádruple).
Pese a los resultados el 14 de abril de 1931 se proclamó la República, régimen que
fue anunciado por los firmantes del Pacto de San Sebastián, en medio del
entusiasmo popular y la pasividad de los sectores monárquicos. Ante esta situación,
Alfonso XIII sin renunciar a sus derechos, suspendió el ejercicio del poder real,
abandonando Madrid de camino al exilio y de manera pacífica se produjo un cambio
político revolucionario.
Desarrollo
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,Se constituyó un Gobierno Provisional integrado por miembros del Comité
Revolucionario creado en el Pacto de San Sebastián, presidido por Niceto
Alcalá-Zamora participaron republicanos de izquierdas, radicales, socialistas y
nacionalistas, quedando fuera la derecha monárquica, vascos y fuerzas obreras.
Se convocó para el 28 de junio elecciones a Cortes Constituyentes para elaborar
una constitución, mientras tanto, el gobierno provisional actuó gracias a un Estatuto
Jurídico que le concedía plenos poderes, y se pusieron en marcha decretos con los
que se iniciaban reformas consideradas urgentes.
El ministro de Trabajo Largo Caballero adoptó medidas de reforma agraria:
Decreto de Términos Municipales, con lo que obligaba a los propietarios a
contratar jornaleros locales, Decreto de Prohibición de Desahucios (prohibía
expulsar de las tierras al arrendatario), Decreto sobre Laboreo Forzoso
(obligación de trabajar las tierras en el campo para evitar el lock out agrario), y de
reforma laboral: Caja Nacional contra el Paro, Seguro Obligatorio de Accidentes
de Trabajo y jornada laboral de ocho horas en el campo.
Desde el Ministerio de Instrucción Pública, Marcelino Domingo promovió una
importante legislación educativa, con la creación de nuevas escuelas y ampliación
de la plantilla de maestros, además se impulsó la renovación educativa a través del
Consejo de Instrucción Pública.
Manuel Azaña como ministro de la Guerra inició una reforma del ejército con
mandos principalmente monárquicos, aunque aceptaron el cambio político. Se hizo
con dos decretos: Decreto de promesa de la Fidelidad a la República y Decreto
de retiros extraordinarios a la oficialidad, promoviendo el retiro de los jefes y
oficiales que no quisieran prometer fidelidad a la República, evitando posibles
intentonas golpistas.
Además el gobierno promulgó la Ley de Defensa de la República que le otorgaba
plenos poderes y la suspensión de las garantías constitucionales, que ponía en
entredicho las entidades democráticas. Con el mismo sentido, el Gobierno creó un
cuerpo de policías uniformados adictos a la República, la Guardia de Estado.
En mayo de 1931 se produjeron en varias ciudades graves incidentes por grupos
anticlericales que asaltaron convenios e Iglesias, impulsados por la postura del
Cardenal Primado de España, Pedro Segura, contraria a la república, provocando
la animadversión del clero hacia el Gobierno Republicano.
En mayo de 1931 se convocaron elecciones a Cortes Constituyentes, con una
cámara integrada por 470 diputados elegidos por sufragio universal masculino,
aunque las mujeres no electoras, podían ser elegidas.
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, Las elecciones se celebraron el 28 de junio de 1931, con una amplia participación.
Concurrieron 26 formaciones políticas, lo que originó una gran fragmentación del
voto, pero resultó vencedora la coalición republicano-socialista. Días después se
constituyeron las Cortes, que ratificaron al Gobierno que hasta ahora había actuado
de manera provisional.
La Constitución de 1931
El objetivo de las Cortes era elaborar una constitución que sustituyera a la
monárquica de 1876. Entre agosto y diciembre, las Cortes debatieron el texto
constitucional, cuyo proyecto fue redactado por una comisión de expertos presidida
por el catedrático de Derecho y socialista Jímenez de Asúa.
La Constitución fue aprobada el 9 de diciembre de 1931 y constaba de un Título
Preliminar, 125 artículos repartidos en nueve Títulos y dos disposiciones
transitorias. En ella se recogían planteamientos modernos y revolucionarios, por lo
que la Constitución republicana daba paso a una democracia formal y real que
convertía a la República Española en uno de los regímenes más avanzados y
democráticos del mundo.
Se inicia con una definición del nuevo Estado, al que califica de “República
democrática de trabajadores de toda clase”, para afirmar a continuación que “la
República constituye un Estado integral compatible con la autonomía de los
Municipios y las Regiones”, mediante proyectos de autonomía aprobados por las
Cortes. Se evitaba el separatismo y la ruptura de la unidad nacional.
A continuación se desarrolla una extensa declaración de derechos y libertades
individuales y sociales o colectivos: libertad de expresión, reunión y asociación;
se reconocía el matrimonio civil y el divorcio; se declara el derecho a la educación y
al trabajo, y el derecho a la propiedad privada y a la iniciativa individual, pero
subordinadas al interés público, previéndose la posibilidad de expropiación y la
intervención estatal en la economía (Art. 44), artículo novedoso y revolucionario que
abría la puerta a la nacionalización y socialización.
Se proclama la soberanía popular, que se consagra en el sufragio universal para
mayores de 23 años, reconociendo por primera vez el voto de la mujer.
Se establece una división de poderes, aunque el poder legislativo, representado
por unas Cortes unicamerales (Congreso de los Diputados), tiene cierta primacía
sobre el poder ejecutivo (presidente de la República y jefe del Gobierno) y sobre el
Tribunal Supremo, aunque éste posee plena independencia. Junto al poder
legislativo se crea el Tribunal de Garantías Constitucionales, una institución
nueva que debía velar por la constitucionalidad de las leyes.
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