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Notas de lectura

Apuntes Fundamentos del derecho moderno y contemporáneo

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30-03-2025
Escrito en
2024/2025

Temas 2 y 3 de fundamentos del derecho moderno y contemporáneo

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TEMA 2: EL ESTADO MODERNO

2.1 El problema conceptual

La edad moderna se ve inaugurada en España con los Reyes Católicos y con ellos el
descubrimiento de América. A nivel global, la edad moderna empezó con: la caída de
Constantinopla, el renacimiento y el movimiento del protestantismo

La caída de Constantinopla, causó que la gran mayoría de los sabios habitantes emigraran a
Florencia, gracias a ello el pensamiento aristotélico se dejó atrás y se propusieron nuevas
fuentes de conocimiento

-​ La ideología platónica, el hombre se convierte en la figura más importante, lo que da
paso al humanismo más moderno.
-​ El humanismo, se propaga gracias a la imprenta, causando un desplazamiento en el
centro del saber y una amplia difusión del conocimiento.
-​ Los avances científicos, surge el heliocentrismo por Copérnico en el siglo XVI

El descubrimiento de América en 1492, surge la globalización, supuso el descubrimiento de
una nueva civilización y de nuevas relaciones sociales y políticas, causo que la burguesía se
enriqueciera, lo que dio lugar al mercantilismo. Auge en la economía europea, dio lugar a la
primera bolsa: la bolsa de Ámsterdam.

El protestantismo surge dentro de la propia iglesia católica gracias a que en el siglo XVI
había mucha corrupción (venta de indulgencias, cobrar a los monjes para reparar la basílica de
San Pedro …) Lutero en el 1517 hizo “las 95 tesis” en el que recalca todo lo que está
haciendo mal la iglesia, fue el argumento principal de la guerra de los 30 años. Surge el
Calvinismo y crea en suiza un gobierno autoritario y religioso, el calvinismo apoya el trabajo
y lo dignifica

2.1.2 el problema conceptual del término “estado”: etimología y evolución

Algunos afirman que la palabra estado viene de “status” (condición social) el Rey actuará
bajo su condición social, que es la de ser Rey. También deriva de la palabra “estat”
relacionado con la propiedad de la tierra y el territorio. En el siglo XV Maquiavelo define el
estado como una forma de organización política.

El estado actual es un estado constitucional que se compone de:
-​ una población arraigada a la tierra y sedentaria
-​ un territorio dividido por espacio aéreo, tierra y aguas territoriales, delimitado por
fronteras
-​ un gobierno que dirige las políticas y legisla, siendo la ley la expresión suprema de la
voluntad soberana

,En la antigüedad, las sociedades no se organizaban bajo los principios del Estado moderno
(como la soberanía o un sistema legal unificado), sino a través de lazos comunitarios y
solidaridad interna (tribus, familias, religión).

Durante los siglos XIV y XV, predominó el Estado jurisdiccional, caracterizado por:

-​ Fragmentación del poder: Los reyes compartían autoridad con señores feudales y
ciudades.
-​ Ausencia de soberanía plena: No existía un orden jurídico único ni igualdad ante la
ley.

En el siglo XV, se inicia la transición hacia un Estado absoluto, donde:

-​ Se centraliza el poder en la figura del monarca (ej. Reyes Católicos).
-​ Se debilitan los señoríos feudales (proceso que culmina con la Constitución de Cádiz,
1812 en España).

El punto de ruptura llegó con la Revolución Francesa (1789), que impulsó:

-​ Soberanía popular (el poder reside en el pueblo).
-​ División de poderes (Montesquieu).
-​ Supremacía constitucional: La Constitución se erige como ley máxima, limitando el
poder del Estado y garantizando derechos.

Desde entonces hasta la actualidad, el modelo predominante es el Estado constitucional,
basado en:

-​ Una Constitución escrita como norma suprema.
-​ Gobiernos limitados por el marco legal.
-​ Derechos fundamentales protegidos.

En la actualidad, el Estado funciona con una administración pública que aplica las leyes para
lograr sus fines, pero en el siglo XV la situación era muy diferente. Por aquel entonces no
existía una verdadera administración pública centralizada, sino que el poder se repartía entre
diversos actores como señores feudales, oligarquías urbanas y la Iglesia.

El jurista italiano Maurizio Fioravanti sostenía que ya en el siglo XV podía hablarse de un
"Estado jurisdiccional", pues existían algunos elementos estatales como una población y un
territorio organizado políticamente. Sin embargo, faltaba el elemento clave: el monopolio en
la creación del derecho. En esa época coexistían múltiples centros de poder que generaban sus
propias normas (señoríos, ciudades, gremios), lo que impedía hablar de una verdadera
soberanía estatal.

, Fioravanti argumentaba que a partir del siglo XVI comenzó a formarse un Estado absoluto,
donde el rey concentraba cada vez más poder político y jurídico. No obstante, incluso en este
periodo el monarca no tenía un control completo, ya que los nobles y el clero conservaban
importantes privilegios y facultades jurisdiccionales. Solo hacia el siglo XVII, con la
desaparición definitiva de los señoríos, puede hablarse de un Estado con una única fuente de
poder soberano

En los siglos XIII al XV encontramos el Estado jurisdiccional, caracterizado por un poder
monárquico limitado que actuaba mediante jurisdicciones particulares en lugar de una
administración centralizada, con pluralidad de derechos consuetudinarios y ausencia de
soberanía plena.

Durante los siglos XVI y XVII surge el Estado absoluto, donde se inicia un proceso de
centralización del poder real, apareciendo una burocracia profesional y mostrando una clara
tendencia hacia la unificación jurídica, aunque todavía sin alcanzar un monopolio legal
completo.

La Revolución Francesa de 1789 marca un punto de inflexión crucial, estableciendo la
soberanía única, el protagonismo de la ley como expresión de la voluntad general, y sentando
las bases de la administración pública moderna junto con el reconocimiento de los derechos
individuales y el principio de igualdad jurídica.

En los siglos XIX y XX se consolida el Estado de Derecho, con un poder único y centralizado
que legisla, administra y ejecuta políticas a través de una estructura institucional basada en
constituciones liberales, códigos sistemáticos y un desarrollado derecho administrativo.

El Estado constitucional contemporáneo eleva la constitución democrática a norma suprema,
fundamentada en un pacto social que garantiza derechos y establece los límites del poder
estatal, completando así la evolución hacia formas de organización política plenamente
soberanas y legitimadas democráticamente.

La Revolución Francesa (1789) marcó el nacimiento del primer Estado en sentido pleno,
superando definitivamente el Antiguo Régimen. La Declaración de Derechos del Hombre y
del Ciudadano de 1793 estableció los principios fundamentales:

1. Principio de soberanía nacional (Art. 3):
- La nación se convierte en la única fuente de legitimidad del poder
- Se eliminan los privilegios estamentales y los múltiples centros de poder jurídico
- Se unifica el sistema legal bajo una única autoridad soberana

2. Naturaleza de la ley (Art. 6):
- La ley pasa a ser expresión de la voluntad general
- Requiere de un sistema codificado que la sustente y garantice

Información del documento

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30 de marzo de 2025
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Escrito en
2024/2025
Tipo
NOTAS DE LECTURA
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