1. LA CONSTITUCIÓN ESPAÑOLA
Tras la muerte del general F., el 22 de noviembre de 1975 Juan Carlos I es proclamado Rey de
España.
Arias Navarro dimitió y fue sustituido por Adolfo Suárez, encargado de desmantelar todo el
aparato franquista.
Las Cortes españolas el 18 de noviembre de 1976 aprueban la Ley para la Reforma Política.
Las elecciones se producen el 15 de junio de 1977, Suárez consigue el voto de 3 de cada 4
españoles y comienza el proceso de elaboración de la Constitución.
Se forman dos cámaras, CONGRESO Y SENADO, se aprueba el texto definitivo de manera
mayoritaria por los españoles en el referéndum del 6 de diciembre de 1978.
CRONOLOGÍA
11 de julio: el Gobierno propone enviar a las Cortes un proyecto de Constitución
AÑO 1977 elaborado por especialistas de derecho político.
22 de agosto: un grupo de Diputados de la Ponencia Constitucional son encargados
de escribir un borrador de la Constitución.
AÑO 1978
5 de enero : el texto se publica en el Boletín Oficial de las Cortes.
5 de mayo : todos los grupos del Congreso lo aprueban.
21 de junio : se entrega el texto a las Cortes.
4 de julio : se inicia la discusión de la Constitución en el Pleno del Congreso y el 21 se aprueba.
9 de agosto : El Senado discute el proyecto y lo aprueba el 5 de octubre.
31 de octubre : Las Cortes aprueban la Constitución.
La nación española mediante referéndum ratifica la Constitución el 6 de diciembre de 1978.
El Rey promulga (publicarla) y sanciona (acto simbólico) la Constitución el 27 de diciembre.
El 29 de diciembre : entra en vigor y se publica en el BOE.
AÑO 1992 27 de agosto: primera reforma en la C.E, se reforma el artículo 13.2.
AÑO 2011 27 de septiembre: segunda reforma en la C.E, se reforma el artículo 135, debido a
una profunda y prolongación económica, sirve para reforzar el compromiso
de España con la Unión Europea y garantizar la sostenibilidad económica y social.
AÑO 2024 15 de febrero: tercera reforma en la C.E, se reforma el artículo 49,
“personas con discapacidad”. Reforma de contenido social.
CARACTERÍSTICAS
● Escrita y Codificada. Forma por sí misma un código de leyes.
● Extensa. Por su cantidad de artículos (169)
● Origen Popular. Fue aprobada por el pueblo español.
● Rígida. Por su dificultad para reformarla.
● Consensuada y Elástica. Fue acordada por todas las fuerzas políticas y trata de adaptarse
a las necesidades de vida social.
● Abierta e Inacabada.
, 2.ESTRUCTURA Y CONTENIDOS DE LA CONSTITUCIÓN ESPAÑOLA
PREÁMBULO: Es una introducción de la C.E. Está parte no tiene fuerza obligatoria,en él se dice
que la nación española es la autoridad que genera la Constitución. Y cuales son los valores y su
finalidad.
- Garantizar la convivencia, consolidar un Estado de Derecho que asegure el imperio de la
ley, proteger a todos los españoles y pueblos de España, promover la cultura y la
economía, establecer una sociedad democrática y colaborar en el fortalecimiento de unas
relaciones pacíficas.
“EN CONSECUENCIA, LAS CORTES APRUEBAN Y EL PUEBLO ESPAÑOL RATIFICA”
PARTE DOGMÁTICA
Título Preliminar ~ Art.1 al 9 ~ configuración de España como Estado social democrático .
Igualdad formal: Art.14. “Españoles iguales
ante la ley,
sin discriminación por nacimiento,
raza, sexo,
Art 1.1 Valores superiores - libertad - justicia - igualdad religión u opinión.
- pluralismo político Igualdad material: pretende remediar la
situación de
escasez en sociedad y distribución
de bienes.
Art 1.2 Soberanía nacional (invisible,reside en el pueblo español)
y Soberanía popular (poder en conjunto social de los ciudadanos, gracias al derecho a voto.
Art 1.3 La forma política del estado español es la Monarquía Parlamentaria formada por:
- Poder ejecutivo, Jefe de Estado (rey) y un Presidente del Gobierno que dirige el Congreso de
Ministros.
- Poder legislativo, Cortes Generales (Diputados y Senado).
Art 2 Unidad de la nación española, es la patria común de todos los españoles y reconoce además el
derecho de
autonomía de las nacionalidades y regiones. (Distribución territorial del Estado)
- Municipios: personalidad jurídica plena. Su gobierno y adm. Corresponde a sus respectivos
ayuntamientos.
Los concejales son elegidos por los vecinos y los alcaldes, por los concejales.
- Provincias: personalidad jurídica propia.
En los archipiélagos e islas tendrán su Adm. propia en forma de Cabildos y Consejos.
Art 3 Lengua Española oficial del Estado. (Castellano) , las demás lenguas españolas serán oficiales en
sus
respectivas comunidades autónomas.
Art 4 La bandera.
Art 6y7 Partidos políticos, sindicatos y asociaciones empresariales.
Art 8 Fuerzas Armadas.
Art 9 - Principio de legalidad:
- Publicidad de las normas: para formar parte del ordenamiento jurídico, las normas deben ser
publicadas en los boletines oficiales
- Principio de jerarquía normativa: las normas de rango inferior no pueden establecer preceptos
contrarios a las recogidas en otras superiores, y las de rango inferior tienen un poder de actuación
delimitado y concreto.
- Irretroactividad:
Tras la muerte del general F., el 22 de noviembre de 1975 Juan Carlos I es proclamado Rey de
España.
Arias Navarro dimitió y fue sustituido por Adolfo Suárez, encargado de desmantelar todo el
aparato franquista.
Las Cortes españolas el 18 de noviembre de 1976 aprueban la Ley para la Reforma Política.
Las elecciones se producen el 15 de junio de 1977, Suárez consigue el voto de 3 de cada 4
españoles y comienza el proceso de elaboración de la Constitución.
Se forman dos cámaras, CONGRESO Y SENADO, se aprueba el texto definitivo de manera
mayoritaria por los españoles en el referéndum del 6 de diciembre de 1978.
CRONOLOGÍA
11 de julio: el Gobierno propone enviar a las Cortes un proyecto de Constitución
AÑO 1977 elaborado por especialistas de derecho político.
22 de agosto: un grupo de Diputados de la Ponencia Constitucional son encargados
de escribir un borrador de la Constitución.
AÑO 1978
5 de enero : el texto se publica en el Boletín Oficial de las Cortes.
5 de mayo : todos los grupos del Congreso lo aprueban.
21 de junio : se entrega el texto a las Cortes.
4 de julio : se inicia la discusión de la Constitución en el Pleno del Congreso y el 21 se aprueba.
9 de agosto : El Senado discute el proyecto y lo aprueba el 5 de octubre.
31 de octubre : Las Cortes aprueban la Constitución.
La nación española mediante referéndum ratifica la Constitución el 6 de diciembre de 1978.
El Rey promulga (publicarla) y sanciona (acto simbólico) la Constitución el 27 de diciembre.
El 29 de diciembre : entra en vigor y se publica en el BOE.
AÑO 1992 27 de agosto: primera reforma en la C.E, se reforma el artículo 13.2.
AÑO 2011 27 de septiembre: segunda reforma en la C.E, se reforma el artículo 135, debido a
una profunda y prolongación económica, sirve para reforzar el compromiso
de España con la Unión Europea y garantizar la sostenibilidad económica y social.
AÑO 2024 15 de febrero: tercera reforma en la C.E, se reforma el artículo 49,
“personas con discapacidad”. Reforma de contenido social.
CARACTERÍSTICAS
● Escrita y Codificada. Forma por sí misma un código de leyes.
● Extensa. Por su cantidad de artículos (169)
● Origen Popular. Fue aprobada por el pueblo español.
● Rígida. Por su dificultad para reformarla.
● Consensuada y Elástica. Fue acordada por todas las fuerzas políticas y trata de adaptarse
a las necesidades de vida social.
● Abierta e Inacabada.
, 2.ESTRUCTURA Y CONTENIDOS DE LA CONSTITUCIÓN ESPAÑOLA
PREÁMBULO: Es una introducción de la C.E. Está parte no tiene fuerza obligatoria,en él se dice
que la nación española es la autoridad que genera la Constitución. Y cuales son los valores y su
finalidad.
- Garantizar la convivencia, consolidar un Estado de Derecho que asegure el imperio de la
ley, proteger a todos los españoles y pueblos de España, promover la cultura y la
economía, establecer una sociedad democrática y colaborar en el fortalecimiento de unas
relaciones pacíficas.
“EN CONSECUENCIA, LAS CORTES APRUEBAN Y EL PUEBLO ESPAÑOL RATIFICA”
PARTE DOGMÁTICA
Título Preliminar ~ Art.1 al 9 ~ configuración de España como Estado social democrático .
Igualdad formal: Art.14. “Españoles iguales
ante la ley,
sin discriminación por nacimiento,
raza, sexo,
Art 1.1 Valores superiores - libertad - justicia - igualdad religión u opinión.
- pluralismo político Igualdad material: pretende remediar la
situación de
escasez en sociedad y distribución
de bienes.
Art 1.2 Soberanía nacional (invisible,reside en el pueblo español)
y Soberanía popular (poder en conjunto social de los ciudadanos, gracias al derecho a voto.
Art 1.3 La forma política del estado español es la Monarquía Parlamentaria formada por:
- Poder ejecutivo, Jefe de Estado (rey) y un Presidente del Gobierno que dirige el Congreso de
Ministros.
- Poder legislativo, Cortes Generales (Diputados y Senado).
Art 2 Unidad de la nación española, es la patria común de todos los españoles y reconoce además el
derecho de
autonomía de las nacionalidades y regiones. (Distribución territorial del Estado)
- Municipios: personalidad jurídica plena. Su gobierno y adm. Corresponde a sus respectivos
ayuntamientos.
Los concejales son elegidos por los vecinos y los alcaldes, por los concejales.
- Provincias: personalidad jurídica propia.
En los archipiélagos e islas tendrán su Adm. propia en forma de Cabildos y Consejos.
Art 3 Lengua Española oficial del Estado. (Castellano) , las demás lenguas españolas serán oficiales en
sus
respectivas comunidades autónomas.
Art 4 La bandera.
Art 6y7 Partidos políticos, sindicatos y asociaciones empresariales.
Art 8 Fuerzas Armadas.
Art 9 - Principio de legalidad:
- Publicidad de las normas: para formar parte del ordenamiento jurídico, las normas deben ser
publicadas en los boletines oficiales
- Principio de jerarquía normativa: las normas de rango inferior no pueden establecer preceptos
contrarios a las recogidas en otras superiores, y las de rango inferior tienen un poder de actuación
delimitado y concreto.
- Irretroactividad: