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El etiquetado de productos del sector moda.
Requisitos del etiquetado, simbología.
Etiquetdo textil, de indumentaria y calzado.
Etiquetado de:
Composición
Conservación
Limpieza
Lavado
Secado
Planchado
Normativa básica española y europea sobre el etiquetado.
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ETIQUETADO TEXTIL. GENERALIDADES
El objetivo del etiquetado es el de informar y orientar al consumidor, tanto final como
fabricante intermedio, de ciertas características del artículo o prenda. Su finalidad es la
de facilitar su uso y mantenimiento e identificar al responsable del artículo.
Se pueden distinguir dos grupos de etiquetado, el obligatorio, que viene regulado por
ley, y el opcional. El opcional, con carácter voluntario, comprende los símbolos de
conservación, etiquetado ecológico, Oeko-tex, Fine-tex y Made in Green, estos últimos
garantizan la ausencia de una serie de productos nocivos cuya presencia no se
recomienda en los artículos textiles. Representando un valor añadido a los artículos
que la poseen.
El etiquetado abarca a todos los productos textiles que se fabriquen, comercialicen o
distribuyan en el mercado nacional, para su puesta en el mercado tanto para el ciclo
industrial como en el comercial.
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1. DEFINICIONES
PRODUCTOS TEXTILES: todos aquellos que en bruto, semielaborados,
elaborados, semifacturados, manufacturados, semiconfeccionados o
confeccionados, estén compuestos exclusivamente por fibras textiles,
cualquiera que sea el proceso seguido para su mezcla y obtención.
FIBRAS TEXTILES: Elemento caracterizado por su flexibilidad, finura y gran
longitud en relación con la sección transversal máxima, la hacen adecuada para
las aplicaciones textiles. Las tiras flexibles o los tubos que no sobrepasen los 5
mm de ancho aparente, incluidas las tiras cortadas a partir de otras más anchas
o de láminas fabricadas a partir de sustancias que sirvan para obtener fibras
que sean aptas para aplicaciones textiles.
COMPONENTE TEXTIL: una parte del producto textil con un contenido en fibras
identificable.
FIBRAS EXTRAÑAS: fibras distintas a las declaradas en la etiqueta o el marcado.
FORRO: un componente separado, utilizado en la confección de prendas de
vestir y otros productos, formado por una única capa o múltiples capas de
tejido sujeto a lo largo de uno o varios de sus bordes.
ETIQUETADO: la colocación de la información requerida en el producto textil
poniéndole una etiqueta.
MARCADO: la indicación de la información requerida directamente sobre el
producto textil mediante bordado, impresión, estampado o cualquier otra
tecnología de aplicación.
ETIQUETADO GLOBAL: la utilización de un única etiqueta para varios productos
o componentes textiles.
PRODUCTOS DESECHABLES: productos textiles destinados a utilizarse una vez o
durante un tiempo limitado y cuyo uso normal no prevé utilizaciones
posteriores con la misma finalidad o una finalidad similar.
PORCENTAJE CONVENCIONAL: el valor de absorción de humedad que ha de
emplearse en el cálculo del porcentaje de fibras en la composición del producto
tomando como base la masa seca depurada ajustado en función de factores
convencionales.
2. A QUE ARTICULOS SE APLICA
Hay que tener en cuenta que los productos textiles se comercializaran únicamente si
están etiquetados o marcados o van acompañados de documentos comerciales con
arreglo al reglamento de la UE 1007/2011.