Silvia Díaz Ortín
PRACTICAS DERECHO CIVIL 2º CUATRIMESTRE:
A. Práctica “ De monja a diputada”:
Ante el caso del poema satírico de AJFV hacia Irene Montero,
me posiciono en contra aunque prevalezca el derecho de
libertad de expresión sobre el derecho de honor de dicho
personaje público, ya que, si ésta no quiere aparecer
públicamente en un artículo con el que se siente ofendida,
tiene derecho a quejarse por comentarios considerados
machistas, pero tampoco da a lugar a multar a AJFV por el
motivo de derecho de libertad de expresión.
B. Nombramiento de tutor:
Esta sentencia nos cuenta la resolución de un caso en
segunda instancia tratándose en Santander, contra Da Zaida
como defensora judicial la FPMV e interesado D. Everardo. En
esta segunda instancia la parte apelante ha sido D. Everardo.
Cómo antecedentes de hecho, dictados por la Jueza del
Juzgado de Primera Instancia, encontramos los siguientes:
Everardo, interpuso recurso de apelación, oponiéndose la
otra parte a éste, por lo que se elevaron las actuaciones a la
Audiencia Provincial, dónde se ha celebrado públicamente
esta segunda instancia de las diligencias y pruebas
perceptivas.
En cuanto a los fundamentos de hecho: en primer lugar,
encontramos un resumen de antecedentes, primeramente se
declara a Da Zaida discapacitada plena para regir su persona y
bienes, autorizando a la FPMV, el ingreso en un centro
asistencial adecuado a sus circunstancias. En segundo lugar,
D. Everardo sería el único responsable de la tutela y la
medida concedida de ingreso a un centro adecuado,
PRACTICAS DERECHO CIVIL 2º CUATRIMESTRE:
A. Práctica “ De monja a diputada”:
Ante el caso del poema satírico de AJFV hacia Irene Montero,
me posiciono en contra aunque prevalezca el derecho de
libertad de expresión sobre el derecho de honor de dicho
personaje público, ya que, si ésta no quiere aparecer
públicamente en un artículo con el que se siente ofendida,
tiene derecho a quejarse por comentarios considerados
machistas, pero tampoco da a lugar a multar a AJFV por el
motivo de derecho de libertad de expresión.
B. Nombramiento de tutor:
Esta sentencia nos cuenta la resolución de un caso en
segunda instancia tratándose en Santander, contra Da Zaida
como defensora judicial la FPMV e interesado D. Everardo. En
esta segunda instancia la parte apelante ha sido D. Everardo.
Cómo antecedentes de hecho, dictados por la Jueza del
Juzgado de Primera Instancia, encontramos los siguientes:
Everardo, interpuso recurso de apelación, oponiéndose la
otra parte a éste, por lo que se elevaron las actuaciones a la
Audiencia Provincial, dónde se ha celebrado públicamente
esta segunda instancia de las diligencias y pruebas
perceptivas.
En cuanto a los fundamentos de hecho: en primer lugar,
encontramos un resumen de antecedentes, primeramente se
declara a Da Zaida discapacitada plena para regir su persona y
bienes, autorizando a la FPMV, el ingreso en un centro
asistencial adecuado a sus circunstancias. En segundo lugar,
D. Everardo sería el único responsable de la tutela y la
medida concedida de ingreso a un centro adecuado,