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C
on
Tema 10. Regulación de la Industria




fid
Cosmética y de los Productos de




en
Cuidado Personal




ci
al
1. Regulación de Productos Cosméticos
1.1. Introducción
Un producto cosmético se define como toda sustancia o mezcla destinada a ser puesta en
contacto con las partes superficiales del cuerpo humano (epidermis, sistema piloso y capilar,
uñas, labios y órganos genitales externos) o con los dientes y las mucosas bucales, con el
fin exclusivo o principal de limpiarlos, perfumarlos, modificar su aspecto, protegerlos,
mantenerlos en buen estado o corregir los olores corporales.

●​ Los cosméticos son competencia de la Comisión Europea, sin perjuicio de las
comprobaciones de las diferentes autoridades de los Estados miembros.
●​ El marco legal de referencia lo constituye el Reglamento (CE) nº 1223/2009 sobre
productos cosméticos.

1.2. Reglamento (CE) nº 1223/2009 sobre Productos Cosméticos
1.2.1. Persona Responsable
●​ La Persona Responsable será el fabricante, el importador o una persona
establecida en la Unión Europea designada por escrito por el fabricante o el
importador.
●​ Debe garantizar el cumplimiento continuo de los requisitos establecidos en el
Reglamento.
●​ Es la responsable de que, cuando se introduzca un producto cosmético en el
mercado, se disponga de un Expediente de Información sobre el mismo. Este
expediente se mantendrá a disposición de las autoridades durante los 10 años
siguientes a la fecha en que el último lote del producto cosmético haya sido
introducido en el mercado.

1.2.2. Requisitos de Seguridad
Es necesario garantizar la inocuidad y seguridad del producto cosmético mediante un
sistema de control del mercado por parte de los Estados miembros y un sistema de
regulación de sustancias a través de listas de sustancias prohibidas, restringidas o
permitidas.

1.2.3. Notificación Centralizada
Antes de la introducción del producto cosmético en el mercado, la Persona Responsable
debe presentar de forma centralizada a la Comisión Europea, a través del Portal Europeo
de Notificación de Productos Cosméticos (CPNP), la siguiente información:

●​ Categoría del producto cosmético y su nombre técnico que permita una identificación
unívoca.
●​ Nombre y dirección de la Persona Responsable.

, C
on
●​ País de origen (en caso de importación).




fid
●​ Datos de contacto de una persona física a la que dirigirse en caso de necesidad.
●​ Etiquetado original y fotografía del envase.
●​ Fórmula marco que permita el tratamiento médico de urgencia.




en
●​ Nombre y número CAS (si procede).




ci
1.2.4. Responsabilidades del Distribuidor




al
●​ Es el responsable de garantizar que el producto cosmético que se pone a
disposición del consumidor cumple con los requisitos y obligaciones procedentes de
una correcta cadena de suministro comercial, y que ha sido debidamente notificado
a las autoridades.
●​ Asimismo, tiene la obligación de cooperar estrechamente con las autoridades
competentes.

1.2.5. Vigilancia del Mercado
●​ Los Estados miembros deben supervisar el cumplimiento del Reglamento mediante
controles en el mercado de los productos cosméticos comercializados.
●​ Si se tiene conocimiento de la aparición de efectos graves no deseados, tanto la
Persona Responsable como los distribuidores los notificarán inmediatamente a la
autoridad sanitaria competente.

1.2.6. Uso Condicionado de Determinadas Sustancias
La composición de los cosméticos está estrictamente sometida a las restricciones técnicas
indicadas en los anexos del Reglamento (CE) nº 1223/2009:

●​ Anexo II: Lista de sustancias prohibidas en los productos cosméticos.
●​ Anexo III: Lista de sustancias que no podrán contener los productos cosméticos
salvo con las restricciones establecidas.
●​ Anexo IV: Lista de colorantes admitidos en los productos cosméticos.
●​ Anexo V: Lista de conservantes admitidos en los productos cosméticos.
●​ Anexo VI: Lista de filtros ultravioleta (UV) admitidos en los productos cosméticos.

1.2.7. Etiquetado de Productos Cosméticos
En el embalaje y en el recipiente del cosmético debe figurar de forma indeleble una etiqueta
con la siguiente información:

●​ Nombre o razón social y dirección de la Persona Responsable.
●​ País de origen para productos cosméticos importados.
●​ Contenido nominal en el momento del acondicionamiento.
●​ Lista de ingredientes (utilizando la nomenclatura INCI).
●​ Número de lote de fabricación o la referencia de identificación.
●​ "Fecha de duración mínima" o el "Plazo después de la apertura" (PAO), según
proceda.
●​ Función del producto si no se deduce de su presentación, junto con las precauciones
particulares de empleo.

Información del documento

Subido en
30 de julio de 2026
Número de páginas
5
Escrito en
2025/2026
Tipo
Resumen
3,89 €

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