TEMA 27 - DERECHOS HUMANOS 3. CONVENIO EUROPEO PARA LA PROTECCIÓN DE LOS
1. DERECHOS HUMANOS DDHH Y LAS LIBERTADES FUNDAMENTALES
(CONVENCIÓN DE ROMA)
Los Derechos Humanos son exigencias que brotan desde la
propia condición del hombre. Son códigos morales universales Primer instrumento jurídico internacional que garantiza la
que buscan defender la libertad y la autonomía del individuo. protección de los DDHH.
Aparecen con la Ilustración, de la mano de Locke, Hobbes y Ratificado por todos los países miembros del Consejo de
Rousseau. Europa (46). Aplicación inmediata.
Características: Firmado en Roma el 4 de noviembre de 1950 y entró en vigor
el 3 de septiembre de 1953, ratificado por España en 1979.
- Universales
El compromiso adquirido no afecta solo a los nacionales, sino
- Imprescriptibles (desde el nacimiento)
que incluye a toda persona dentro de su jurisdicción (art. 1).
- Inalienables e indivisibles
El Convenio consta de un preámbulo, 3 títulos, 59 artículos y
- Irrenunciables
16 protocolos.
- Históricos
Título I: Derechos y Libertades:
El avance de un derecho facilita el avance de los demás.
2. Derecho a la vida.
1.1. Evolución de los Derechos Humanos 3. Prohibición de la tortura.
539 a.c. Cilindro de Ciro: reconocido como la primera 4. Prohibición de la esclavitud y del trabajo forzado.
declaración de Derechos Humanos del mundo. 5. Establece el Derecho a la libertad y seguridad.
1692 a.c. Código Hammurabi. 6. Derecho a un proceso equitativo.
1776. Declaración de Derechos de Virginia. 7. No hay pena sin ley.
1789. Declaración de Derechos del hombre y del ciudadano. 8. Derecho al respeto a la vida privada y familiar.
1979. Karel Vasak: Generación de Derechos 9. Libertad de pensamiento, de conciencia y de religión.
10. Libertad de expresión.
1ª Civiles, Individuales y Políticos LIBERTAD
11. Libertad de reunión y de asociación.
2ª Económicos, Sociales y Culturales IGUALDAD 12. Derecho a contraer matrimonio.
13. Derecho a un recurso efectivo.
3ª Justicia, Paz y Solidaridad SOLIDARIDAD 14. Prohibición de discriminación.
15. Derogación en caso de estado de excepción.
Categorías de derechos:
16. Restricciones actividad política de los extranjeros.
- Negativos: imponen una obligación ajena de no
17. Prohibición del abuso de derecho.
injerencia.
18. Limitación en el uso de las restricciones de derechos.
- Positivos: imponen a otros agentes la realización de
actividades positivas para el completo desarrollo de 4. CONVENIO CONTRA LA TORTURA
los mismos.
Aprobado por la Asamblea General en resolución 39/46, de
1.2. El fundamento de los derechos humanos 10 de diciembre de 1984. Entrando en vigor el 26/06/1987.
Se basa en el art. 5 de la DUDH y en el art. 7 del Pacto
Los Derechos Humanos se fundamentan en la naturaleza
Internacional de Derechos Civiles y Políticos.
humana. Tales derechos le son inherentes al hombre.
Este convenio está reforzado con:
2. DECLARACIÓN UNIVERSAL DE DERECHOS HUMANOS - Subcomité para la prevención de la Tortura (Ginebra).
La DUDH fue adoptada y proclamada por la Asamblea - Mecanismos nacionales para la prevención de la
General de las Naciones Unidas, el 10 de diciembre de 1948 tortura, en cada país firmante.
en París.
4.1. Parte I
Se adoptó como respuesta a los horrores de la 2ª Guerra
Mundial. ¿Qué es tortura? (art. 1)
Está integrada por un preámbulo y 30 artículos. Dolores o sufrimientos graves, físicos o mentales, con la
finalidad de obtener una información, confesión o castigar,
infringidos por un funcionario público (NO sanción legítima).
Los estado parte han de tomar las medidas pertinentes para
impedir la tortura en su territorio. La prohibición de la tortura
ha de ser absoluta. (art. 2).
No se podrá expulsar o extraditar cuando haya razones
fundadas para creer que está en peligro (art. 3).
Toda tortura debe ser delito en legislación penal estado.
Los actos de tortura darán lugar a la detención (art. 6) y a la
extradición (art. 8) y si no se puede extraditar, juzgar (art. 7).
Compromiso de investigar ante la denuncia de cualquier acto
de tortura (art. 12).
1. DERECHOS HUMANOS DDHH Y LAS LIBERTADES FUNDAMENTALES
(CONVENCIÓN DE ROMA)
Los Derechos Humanos son exigencias que brotan desde la
propia condición del hombre. Son códigos morales universales Primer instrumento jurídico internacional que garantiza la
que buscan defender la libertad y la autonomía del individuo. protección de los DDHH.
Aparecen con la Ilustración, de la mano de Locke, Hobbes y Ratificado por todos los países miembros del Consejo de
Rousseau. Europa (46). Aplicación inmediata.
Características: Firmado en Roma el 4 de noviembre de 1950 y entró en vigor
el 3 de septiembre de 1953, ratificado por España en 1979.
- Universales
El compromiso adquirido no afecta solo a los nacionales, sino
- Imprescriptibles (desde el nacimiento)
que incluye a toda persona dentro de su jurisdicción (art. 1).
- Inalienables e indivisibles
El Convenio consta de un preámbulo, 3 títulos, 59 artículos y
- Irrenunciables
16 protocolos.
- Históricos
Título I: Derechos y Libertades:
El avance de un derecho facilita el avance de los demás.
2. Derecho a la vida.
1.1. Evolución de los Derechos Humanos 3. Prohibición de la tortura.
539 a.c. Cilindro de Ciro: reconocido como la primera 4. Prohibición de la esclavitud y del trabajo forzado.
declaración de Derechos Humanos del mundo. 5. Establece el Derecho a la libertad y seguridad.
1692 a.c. Código Hammurabi. 6. Derecho a un proceso equitativo.
1776. Declaración de Derechos de Virginia. 7. No hay pena sin ley.
1789. Declaración de Derechos del hombre y del ciudadano. 8. Derecho al respeto a la vida privada y familiar.
1979. Karel Vasak: Generación de Derechos 9. Libertad de pensamiento, de conciencia y de religión.
10. Libertad de expresión.
1ª Civiles, Individuales y Políticos LIBERTAD
11. Libertad de reunión y de asociación.
2ª Económicos, Sociales y Culturales IGUALDAD 12. Derecho a contraer matrimonio.
13. Derecho a un recurso efectivo.
3ª Justicia, Paz y Solidaridad SOLIDARIDAD 14. Prohibición de discriminación.
15. Derogación en caso de estado de excepción.
Categorías de derechos:
16. Restricciones actividad política de los extranjeros.
- Negativos: imponen una obligación ajena de no
17. Prohibición del abuso de derecho.
injerencia.
18. Limitación en el uso de las restricciones de derechos.
- Positivos: imponen a otros agentes la realización de
actividades positivas para el completo desarrollo de 4. CONVENIO CONTRA LA TORTURA
los mismos.
Aprobado por la Asamblea General en resolución 39/46, de
1.2. El fundamento de los derechos humanos 10 de diciembre de 1984. Entrando en vigor el 26/06/1987.
Se basa en el art. 5 de la DUDH y en el art. 7 del Pacto
Los Derechos Humanos se fundamentan en la naturaleza
Internacional de Derechos Civiles y Políticos.
humana. Tales derechos le son inherentes al hombre.
Este convenio está reforzado con:
2. DECLARACIÓN UNIVERSAL DE DERECHOS HUMANOS - Subcomité para la prevención de la Tortura (Ginebra).
La DUDH fue adoptada y proclamada por la Asamblea - Mecanismos nacionales para la prevención de la
General de las Naciones Unidas, el 10 de diciembre de 1948 tortura, en cada país firmante.
en París.
4.1. Parte I
Se adoptó como respuesta a los horrores de la 2ª Guerra
Mundial. ¿Qué es tortura? (art. 1)
Está integrada por un preámbulo y 30 artículos. Dolores o sufrimientos graves, físicos o mentales, con la
finalidad de obtener una información, confesión o castigar,
infringidos por un funcionario público (NO sanción legítima).
Los estado parte han de tomar las medidas pertinentes para
impedir la tortura en su territorio. La prohibición de la tortura
ha de ser absoluta. (art. 2).
No se podrá expulsar o extraditar cuando haya razones
fundadas para creer que está en peligro (art. 3).
Toda tortura debe ser delito en legislación penal estado.
Los actos de tortura darán lugar a la detención (art. 6) y a la
extradición (art. 8) y si no se puede extraditar, juzgar (art. 7).
Compromiso de investigar ante la denuncia de cualquier acto
de tortura (art. 12).