Dos definiciones de Pluralismo jurídico
* Pluralismo jurídico: coexistencia de una pluralidad de programas normativos y
contextos de decisión en distintos grupos sociales o dentro de un mismo grupo; las
situaciones típicas de conflictos étnicos y religiosos muestran esta coexistencia cultural.
Pluralismo jurídico
En sociología jurídica, se entiende por pluralismo jurídico la coexistencia de dos o
más órdenes jurídicos en un mismo ámbito de tiempo y de espacio. El concepto de
pluralismo jurídico supone una definición alternativa de derecho, pues si se adopta la
definición clásica, el derecho se reduce a las normas producidas exclusivamente por el
Estado. Si se acepta la noción de pluralismo jurídico, se pone en cuestión la idea del
monopolio de la fuerza estatal.
* Pluralismo jurídico: coexistencia de una pluralidad de programas normativos y
contextos de decisión en distintos grupos sociales o dentro de un mismo grupo; las
situaciones típicas de conflictos étnicos y religiosos muestran esta coexistencia cultural.
Pluralismo jurídico
En sociología jurídica, se entiende por pluralismo jurídico la coexistencia de dos o
más órdenes jurídicos en un mismo ámbito de tiempo y de espacio. El concepto de
pluralismo jurídico supone una definición alternativa de derecho, pues si se adopta la
definición clásica, el derecho se reduce a las normas producidas exclusivamente por el
Estado. Si se acepta la noción de pluralismo jurídico, se pone en cuestión la idea del
monopolio de la fuerza estatal.