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TEMA 14: DESARROLLO Y
en
FABRICACIÓN DE PRODUCTOS
ci
COSMÉTICOS
al
1. DESARROLLO Y FABRICACIÓN DE PRODUCTOS
COSMÉTICOS
1.1. Introducción
La normativa principal que regula esta materia es el Reglamento 1223/2009 sobre
productos cosméticos, el cual garantiza que solo circulen en el territorio europeo
cosméticos seguros y con una información correcta sobre su composición y propiedades.
● Definición de Producto Cosmético: Se entiende por producto cosmético toda
sustancia o mezcla destinada a ser puesta en contacto con las partes superficiales
del cuerpo humano (epidermis, sistema piloso y capilar, uñas, labios y órganos
genitales externos) o con los dientes y las mucosas bucales, con el fin exclusivo o
principal de limpiarlos, perfumarlos, modificar su aspecto, protegerlos, mantenerlos
en buen estado o corregir los olores corporales.
● Definición de Fabricante: Se entiende por fabricante a toda persona física o
jurídica que fabrica un producto, o que manda diseñar o fabricar un producto, y lo
comercializa con su nombre o marca comercial.
1.2. Desarrollo de productos cosméticos
Los aspectos técnicos que se deben considerar en el diseño y la formulación de una forma
cosmética son:
● La indicación cosmética del producto cosmético (PC).
● La forma cosmética.
● El marketing que rodea al PC.
● La función/compatibilidad cutánea (con especial importancia).
Durante el desarrollo, se realizan pruebas de seguridad, toxicológicas, microbiológicas y de
estabilidad. Asimismo, se pueden realizar evaluaciones clínicas y del consumidor para
garantizar que el PC cumple con las demandas establecidas.
A partir de este proceso, se obtienen las especificaciones de partida y se realiza una
asociación/fabricación a escala piloto. Adicionalmente, se debe realizar un control de
calidad evaluando el procedimiento durante todo el proceso de producción y el de los
canales de distribución.
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1.2.1. Fórmula cosmética
fid
Los productos cosméticos están constituidos por combinaciones de sustancias, tanto
orgánicas como inorgánicas, que se denominan ingredientes. Al formular, hay que tener
en
muy en cuenta el origen de las materias primas, ya que este factor va a incidir en un
determinado riesgo microbiológico.
ci
al
Las formas cosméticas pueden ser:
● Sólidas.
● Gaseosas.
● Líquidas.
● Semisólidas.
Los ingredientes se mezclan para proporcionar estados o sistemas como disoluciones o
emulsiones (sistemas homogéneos o heterogéneos).
1.2.2. Componentes de los cosméticos
● Sustancias activas (ingredientes activos): Es el ingrediente responsable de
realizar la función a la que va destinado el cosmético.
● Vehículos o excipientes: Conjunto de ingredientes de un cosmético en el que se
incorporan los demás componentes. Su importancia radica en que debe facilitar la
liberación y absorción de la sustancia activa a través de la piel y sus apéndices.
● Aditivos:
○ Conservantes: Sustancias que evitan la alteración del producto y el
desarrollo de microorganismos. Los conservantes admitidos en productos
cosméticos están listados en el Anexo V del Reglamento 1223/2009.
○ Espesantes: Para dar consistencia al cosmético.
○ Exfoliantes: Para alisar o descamar la superficie de la piel.
○ Colorantes: Colorean el producto o la superficie corporal. Los colorantes
admitidos en los productos cosméticos están listados en el Anexo IV del
Reglamento.
○ Fragancias.
○ Emulgentes.
○ Hidratantes: Sustancias que favorecen el aporte de agua a la piel.
○ Humectantes: Sustancias que forman una barrera protectora u oclusiva que
impide la pérdida de agua de la piel.
○ Tensioactivos: Modifican la tensión superficial de los cosméticos.
1.2.3. Control de calidad
Los parámetros que deben ser analizados dependen de las características del producto
cosmético, así como de los ingredientes utilizados en la formulación. Los controles de la
formulación incluyen:
1. Determinación de la estabilidad de la fórmula.
2. Estudios de inocuidad.
3. Características organolépticas de la fórmula.
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en
FABRICACIÓN DE PRODUCTOS
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COSMÉTICOS
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1. DESARROLLO Y FABRICACIÓN DE PRODUCTOS
COSMÉTICOS
1.1. Introducción
La normativa principal que regula esta materia es el Reglamento 1223/2009 sobre
productos cosméticos, el cual garantiza que solo circulen en el territorio europeo
cosméticos seguros y con una información correcta sobre su composición y propiedades.
● Definición de Producto Cosmético: Se entiende por producto cosmético toda
sustancia o mezcla destinada a ser puesta en contacto con las partes superficiales
del cuerpo humano (epidermis, sistema piloso y capilar, uñas, labios y órganos
genitales externos) o con los dientes y las mucosas bucales, con el fin exclusivo o
principal de limpiarlos, perfumarlos, modificar su aspecto, protegerlos, mantenerlos
en buen estado o corregir los olores corporales.
● Definición de Fabricante: Se entiende por fabricante a toda persona física o
jurídica que fabrica un producto, o que manda diseñar o fabricar un producto, y lo
comercializa con su nombre o marca comercial.
1.2. Desarrollo de productos cosméticos
Los aspectos técnicos que se deben considerar en el diseño y la formulación de una forma
cosmética son:
● La indicación cosmética del producto cosmético (PC).
● La forma cosmética.
● El marketing que rodea al PC.
● La función/compatibilidad cutánea (con especial importancia).
Durante el desarrollo, se realizan pruebas de seguridad, toxicológicas, microbiológicas y de
estabilidad. Asimismo, se pueden realizar evaluaciones clínicas y del consumidor para
garantizar que el PC cumple con las demandas establecidas.
A partir de este proceso, se obtienen las especificaciones de partida y se realiza una
asociación/fabricación a escala piloto. Adicionalmente, se debe realizar un control de
calidad evaluando el procedimiento durante todo el proceso de producción y el de los
canales de distribución.
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1.2.1. Fórmula cosmética
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Los productos cosméticos están constituidos por combinaciones de sustancias, tanto
orgánicas como inorgánicas, que se denominan ingredientes. Al formular, hay que tener
en
muy en cuenta el origen de las materias primas, ya que este factor va a incidir en un
determinado riesgo microbiológico.
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Las formas cosméticas pueden ser:
● Sólidas.
● Gaseosas.
● Líquidas.
● Semisólidas.
Los ingredientes se mezclan para proporcionar estados o sistemas como disoluciones o
emulsiones (sistemas homogéneos o heterogéneos).
1.2.2. Componentes de los cosméticos
● Sustancias activas (ingredientes activos): Es el ingrediente responsable de
realizar la función a la que va destinado el cosmético.
● Vehículos o excipientes: Conjunto de ingredientes de un cosmético en el que se
incorporan los demás componentes. Su importancia radica en que debe facilitar la
liberación y absorción de la sustancia activa a través de la piel y sus apéndices.
● Aditivos:
○ Conservantes: Sustancias que evitan la alteración del producto y el
desarrollo de microorganismos. Los conservantes admitidos en productos
cosméticos están listados en el Anexo V del Reglamento 1223/2009.
○ Espesantes: Para dar consistencia al cosmético.
○ Exfoliantes: Para alisar o descamar la superficie de la piel.
○ Colorantes: Colorean el producto o la superficie corporal. Los colorantes
admitidos en los productos cosméticos están listados en el Anexo IV del
Reglamento.
○ Fragancias.
○ Emulgentes.
○ Hidratantes: Sustancias que favorecen el aporte de agua a la piel.
○ Humectantes: Sustancias que forman una barrera protectora u oclusiva que
impide la pérdida de agua de la piel.
○ Tensioactivos: Modifican la tensión superficial de los cosméticos.
1.2.3. Control de calidad
Los parámetros que deben ser analizados dependen de las características del producto
cosmético, así como de los ingredientes utilizados en la formulación. Los controles de la
formulación incluyen:
1. Determinación de la estabilidad de la fórmula.
2. Estudios de inocuidad.
3. Características organolépticas de la fórmula.