TEMA 1 : EL PROCESO DE DEFENSA DE
LOS DERECHOS HUMANOS
1. PRIMERAS MANIFESTACIONES Y DECLARACIONES DE DERECHOS
En la antigüedad no había declaraciones o manifestaciones de derechos, sólo existían
reflexiones sobre la justicia y los límites al poder.
Las declaraciones de Derechos son los documentos a través de los cuales los derechos se
presentan en la sociedad. Las fechas más relevantes son:
1. 1776 marca la ruptura con la metrópoli y marca el inicio de una nueva organización
política independiente , en el caso de las 13 colonias americanas
2. 1789 marca la ruptura con el antiguo régimen
La base del estado constitucional es la declaración de derechos y la limitación del poder
mediante su división ( Locke y Montesquieu)
En Europa encontramos como una de las principales la Declaración De Derechos del Hombre y
el Ciudadano de 1789 , esta postulaba:
El sujeto de derechos es el hombre.
o Hasta el momento, lo era el estamento ( status)
Estos derechos son anteriores la sociedad y el Estado
o ya que se ligan a la personalidad
El estado debe adoptar la forma de organización acorde con dicha finalidad:
o Soberanía nacional y división de poderes
o Las revoluciones liberales crean un abstracto que engloba a todos los
ciudadanos ; la nación.
La ley es la expresión de la voluntad nacional
Los hombres son libres e iguales. La ley debe ser la misma para todos.
En cuanto a la división de poderes:
- objetivo limitar el poder absoluto del monarca
o se le dará al legislativo un parlamento la soberanía residirá en el
parlamento.
o Se crea un Tribunal que controle la legalidad de la Constitución ( TC)
,En Estados Unidos el proceso será diferente al Europeo, habiendo una lucha por la
independencia y formación de Estados.
2. LA EVOLUCIÓN EN EL RECONOCIMIENTO DE LOS DERECHOS
A partir de la Declaración Universal se irá produciendo una evolución en el Estado. El estado
surge con la Rev. Francesa , es un estado liberal en el que se garantizan unos derechos en los
que el estado no podrá entrometerse. Posteriormente se produce una trasformación del
Estado liberal en el estado social.
El Estado social intervencionista que debe garantizar unos servicios sociales.
La primera guerra mundial pone de manifiesto necesidad de un reconocimiento extra
estatal
Tras la 2 GM se produce la “ internalización de los derechos” se irán reconociendo
progresivamente los derechos, como por ej. : el Derecho a la vida.
Surge la Declaración Universal de Derechos Humanos de 1948 con el fin de establecer un
orden en el campo de los Derechos.
Surgirá el Consejo de Europa contra los totalitarismos que tiene como fundamento el
Convenio de Europa de 1950 , el cual posee un mecanismo de control El Tribunal de DDHH
- Se crea la carta de Derechos Humanos que confluye todos los D.
En cuanto a nivel estatal, en España:
La constitución del 78 toma como modelo los modelos más avanzados de las constituciones,
toma como modelo la constitución alemana, inspirada en la Consti Italiana y en la portuguesa.
Situada en el marco de este constitucionalismo avanzado que surge después de la 2 GM
. El Título I de la CE se tiene que entender en este marco , ya que España “ es un estado social y
democrático de derecho”.( Art 1.1)
El Estado de Derecho en la constitución lo encontramos en el art 9.3 de la CE , ya que en este
podemos ver concretados los postulados del Estado de derecho; jerarquía, principio de
legalidad, división de poderes, irretroactividad de las disposiciones.
, En el art 9.2 encontramos que ya no se busca que el estado no se entrometa, sino que el
estado ahora tiene que intervenir para garantizar y promover aquellos derechos .
La primera vez que se utiliza la acción positiva se ve reflejada en una STC , esta trata de un
hospital que crea una guardería para las trabajadoras que tienen hijos menores de 6 años y
trabajan en este hospital. La destinataria de esta ayuda no eran los niños, sino las mujeres, ya
que antes dejaban de trabajar cuando tenían hijos. Esto era una ayuda para que esto no fuera
así.
El estado democrático se proclama en el art 23.1:
- Iniciativa legislativa popular ya casi no se usa, puesto que tiene unas grandes
dificultades como son las 500.000 firmas y determinadas materias vetadas.
- Participación por parte de los ciudadanos mediante el Jurado que puede tener una
gran pretensión mediática.
- Acción popular.
Derechos nuevos:
- Ej.: protección contra el abuso de la informática
- En resumen encontramos 4 grupos de derechos.
- Proclamación de los valores superiores en el ord.jur. : libertad, justicia, igualdad,
pluralismo político.
Cuando entra en vigor la CE cualquier norma contraria a estos valores se declara
inconstitucional y se expulsa del ord.jur. Son incompatibles con la CE. Se expulsan a través de 2
vías:
Norma posterior deroga la anterior en aquello que es contraria
Declaración de inconstitucionalidad por parte del TC.