COOPERACIÓN JUDICIAL Y
POLÍTICA INTERNACIONAL
Curso 2020/2021
Grado de Criminología y Seguridad
1
,Índice
1. EXTRADICIÓN ACTIVA.............................................................................................................................. 3
1.1. Definición .............................................................................................................................................. 3
1.2. ¿Quién puede solicitarlo? ............................................................................................................... 3
1.3. Requisitos para acordar la extradición .................................................................................... 3
1.4. ¿Cómo se solicita? .............................................................................................................................. 3
2. EXTRADICIÓN PASIVA .............................................................................................................................. 3
2.1. Definición .............................................................................................................................................. 3
2.2. ¿Por qué España ejecutaría una orden de extradición?..................................................... 4
2.3. ¿Quién puede ser entregado por España? ............................................................................... 4
2.4. Denegación de entrega .................................................................................................................... 4
2.5. Denegación de la extradición........................................................................................................ 4
2.6. Tramitación de la extradición pasiva ........................................................................................ 5
3. LA ORDEN EUROPEA DE DETENCIÓN Y ENTREGA...................................................................... 6
3.1. Introducción ........................................................................................................................................ 6
3.2. Concepto y características de la Euroorden ........................................................................... 6
3.3. Naturaleza jurídica............................................................................................................................ 7
3.4. Fundamento......................................................................................................................................... 7
3.5. Características del procedimiento de entrega basado en la Euroorden ..................... 7
3.6. Principios generales ......................................................................................................................... 8
4. EMISIÓN DE UNA EUROORDEN .......................................................................................................... 10
5. EJECUCIÓN DE UNA EUROORDEN ..................................................................................................... 13
2
, 1. EXTRADICIÓN ACTIVA
1.1. Definición
La extradición es un instrumento de cooperación judicial penal, regulada en los artículos
824 a 833 LECrim. La extradición activa es un acto en el que el Estado español solicita a
otro Estado (no perteneciente a la UE) la entrega de una persona para ser enjuiciada o
cumplir una condena en España.
1.2. ¿Quién puede solicitarlo?
En la fase de instrucción, será el Juez competente; en la fase de enjuiciamiento, será el
Tribunal conocedor del proceso. El Juez solicita la petición de extradición al Gobierno
mediante auto, de oficio o a instancia de parte. El Consejo de Ministros del Gobierno será
el encargado de cursar la petición, cuando se comprueben si se cumplen los requisitos
exigidos.
1.3. Requisitos para acordar la extradición
Los requisitos necesarios para acordar la extradición son:
• Existencia de una resolución motivada en la que se le atribuyen unos hechos a una
persona → puede ser un auto de prisión provisional o una sentencia condenatoria.
• Sólo se puede solicitar si (sujetos):
- Sujeto español que delinque en territorio español y se refugia en el extranjero.
- Sujeto español está en el extranjero y atenta contra la seguridad exterior del
Estado y se refugia en otro Estado distinto.
- Sujeto extranjero que debe ser juzgado en España y se refugia en un país que no
es el suyo.
• ¿Cuándo procederá la petición?
1. Determinado por tratados del país donde se refugie el reclamado.
2. No hay tratados, atendiéndose al Derecho vigente en el país donde esté el
reclamado.
3. En defecto de tratado o Derecho, se basará en el principio de reciprocidad.
1.4. ¿Cómo se solicita?
El Juez o Tribunal acuerda mediante auto de extradición, junto a otros documentos
justificando la petición. A continuación, se remite al Ministerio de Justicia y el Consejo de
Ministros del Gobierno decide.
2. EXTRADICIÓN PASIVA
2.1. Definición
La extradición pasiva está regulada en la Ley 4/1985 y en los tratados a los que España
está adscrita. La extradición se concederá atendiendo al principio de reciprocidad. Es un
procedimiento con dos fases: administrativa, que decide si procede o no la entrega; y
judicial. Este procedimiento se realiza para decidir si el reclamado debe ser enjuiciado o si
debe cumplir condena.
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POLÍTICA INTERNACIONAL
Curso 2020/2021
Grado de Criminología y Seguridad
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,Índice
1. EXTRADICIÓN ACTIVA.............................................................................................................................. 3
1.1. Definición .............................................................................................................................................. 3
1.2. ¿Quién puede solicitarlo? ............................................................................................................... 3
1.3. Requisitos para acordar la extradición .................................................................................... 3
1.4. ¿Cómo se solicita? .............................................................................................................................. 3
2. EXTRADICIÓN PASIVA .............................................................................................................................. 3
2.1. Definición .............................................................................................................................................. 3
2.2. ¿Por qué España ejecutaría una orden de extradición?..................................................... 4
2.3. ¿Quién puede ser entregado por España? ............................................................................... 4
2.4. Denegación de entrega .................................................................................................................... 4
2.5. Denegación de la extradición........................................................................................................ 4
2.6. Tramitación de la extradición pasiva ........................................................................................ 5
3. LA ORDEN EUROPEA DE DETENCIÓN Y ENTREGA...................................................................... 6
3.1. Introducción ........................................................................................................................................ 6
3.2. Concepto y características de la Euroorden ........................................................................... 6
3.3. Naturaleza jurídica............................................................................................................................ 7
3.4. Fundamento......................................................................................................................................... 7
3.5. Características del procedimiento de entrega basado en la Euroorden ..................... 7
3.6. Principios generales ......................................................................................................................... 8
4. EMISIÓN DE UNA EUROORDEN .......................................................................................................... 10
5. EJECUCIÓN DE UNA EUROORDEN ..................................................................................................... 13
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, 1. EXTRADICIÓN ACTIVA
1.1. Definición
La extradición es un instrumento de cooperación judicial penal, regulada en los artículos
824 a 833 LECrim. La extradición activa es un acto en el que el Estado español solicita a
otro Estado (no perteneciente a la UE) la entrega de una persona para ser enjuiciada o
cumplir una condena en España.
1.2. ¿Quién puede solicitarlo?
En la fase de instrucción, será el Juez competente; en la fase de enjuiciamiento, será el
Tribunal conocedor del proceso. El Juez solicita la petición de extradición al Gobierno
mediante auto, de oficio o a instancia de parte. El Consejo de Ministros del Gobierno será
el encargado de cursar la petición, cuando se comprueben si se cumplen los requisitos
exigidos.
1.3. Requisitos para acordar la extradición
Los requisitos necesarios para acordar la extradición son:
• Existencia de una resolución motivada en la que se le atribuyen unos hechos a una
persona → puede ser un auto de prisión provisional o una sentencia condenatoria.
• Sólo se puede solicitar si (sujetos):
- Sujeto español que delinque en territorio español y se refugia en el extranjero.
- Sujeto español está en el extranjero y atenta contra la seguridad exterior del
Estado y se refugia en otro Estado distinto.
- Sujeto extranjero que debe ser juzgado en España y se refugia en un país que no
es el suyo.
• ¿Cuándo procederá la petición?
1. Determinado por tratados del país donde se refugie el reclamado.
2. No hay tratados, atendiéndose al Derecho vigente en el país donde esté el
reclamado.
3. En defecto de tratado o Derecho, se basará en el principio de reciprocidad.
1.4. ¿Cómo se solicita?
El Juez o Tribunal acuerda mediante auto de extradición, junto a otros documentos
justificando la petición. A continuación, se remite al Ministerio de Justicia y el Consejo de
Ministros del Gobierno decide.
2. EXTRADICIÓN PASIVA
2.1. Definición
La extradición pasiva está regulada en la Ley 4/1985 y en los tratados a los que España
está adscrita. La extradición se concederá atendiendo al principio de reciprocidad. Es un
procedimiento con dos fases: administrativa, que decide si procede o no la entrega; y
judicial. Este procedimiento se realiza para decidir si el reclamado debe ser enjuiciado o si
debe cumplir condena.
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