100% tevredenheidsgarantie Direct beschikbaar na je betaling Lees online óf als PDF Geen vaste maandelijkse kosten 4.2 TrustPilot
logo-home
Samenvatting

Sumario CONTRATO

Beoordeling
-
Verkocht
-
Pagina's
32
Geüpload op
31-07-2025
Geschreven in
2024/2025

Este documento contiene información detallada sobre diversos tipos de contratos, tanto del ámbito civil, mercantil, laboral como administrativo. Incluye las características esenciales que todo contrato debe tener, tales como el consentimiento de las partes, el objeto del acuerdo, las cláusulas, derechos y obligaciones, así como los requisitos legales para su validez. También se abordan los elementos comunes en la estructura de un contrato, los distintos tipos existentes (como contratos de compraventa, arrendamiento, prestación de servicios, laborales, entre otros), su clasificación según la ley, y las consecuencias legales del incumplimiento, nulidad, rescisión o terminación del mismo. Este material busca ofrecer una visión integral sobre la naturaleza, función y aplicación de los contratos en diferentes contextos jurídicos y prácticos.

Meer zien Lees minder
Instelling
Vak











Oeps! We kunnen je document nu niet laden. Probeer het nog eens of neem contact op met support.

Geschreven voor

Instelling
Vak

Documentinformatie

Geüpload op
31 juli 2025
Aantal pagina's
32
Geschreven in
2024/2025
Type
Samenvatting

Onderwerpen

Voorbeeld van de inhoud

CONTRATO

Es un acuerdo de dos o más voluntades en vista de producir efectos jurídicos. Al contratar
las partes pueden tener por fin crear o transmitir un derecho, dar nacimiento a una
obligación, modificar una relación preexistente o, en fin, extinguirla. Se le ha dejado la
función activa por lo que se define como el acuerdo de voluntades para crear o transmitir
derechos y obligaciones.

Textualmente el Código Civil en el artículo 1794: “Para la existencia del contrato se requiere:
I. Consentimiento, y II. Objeto que pueda hacer materia del contrato.” Y en cuanto a los
requisitos de validez, el artículo 1795 establece: “El contrato puede ser invalidado: I.Por
incapacidad legal de las partes o de ellas; II. Por vicios de consentimiento; III. Porque su
objeto, motivo o fin sean ilícitos, y IV. Porque el consentimiento no se haya manifestado de
forma que la ley establece.

En cuanto a la obligaciones, también nos remitimos al Derecho Civil que nos da el concepto
de obligación diciéndose que la relación jurídica está constituida en virtud de ciertos hechos
actos entre dos o más sujetos por la que uno denominado acreedor puede exigir al otro
llamado del deudor determinada por esta prestación.

Contrato mercantil. Cuando los contratos tienen como objeto una cosa mercantil, el
contrato recibe un nombre de contrato mercantil. Por ejemplo si el objeto es de transportar
mercancías, el contrato será mercantil (contrato de transporte); Si un contrato de prenda o
contrato de venta tiene como objeto títulos de crédito, entonces la pena o la venta sobre
títulos mercantiles les revestirá la calidad del contrato mercantil.

Contrato de transporte. Convenio o acuerdo por el cual una persona llamada porteador se
obliga a transportar bajo su inmediata dirección o la de sus dependientes, cualquier tipo de
objeto mediante una retribución.
En cuanto a las características, cabe señalar que las partes del mismo son cargador el
porteador y el consignatario.

El artículo 576 del Código de comercio señala lo siguiente:
Art. 576. “ El contrato de transporte por vías de restos o fluviales de todo género se reputará
mercantil:
I.​ Cuando tenga un objeto mercadería o cualesquiera efectos de comercio, y
II.​ Cuando siendo cualquier su objeto, sea comerciante el porteador o se dedique a
habitualmente a verificar transportes para él público.

Contrato de préstamo. A ese efecto dice el Código civil en su artículo 2384 lo siguiente: “El
mutuo es un contacto por el cual el mutuante se obliga a transferir la propiedad de una
suma de dinero o de otras cosas fungibles al mutuatario, quien se obliga a devolver otro
tanto de la misma especie y calidad.”

El artículo 2497 del código civil lo define de la siguiente manera: “El comodato es un
contrato por el cual uno de los contratantes se obliga a conceder gratuitamente el uso de
una cosa no fungible y el otro contrae la obligación de restituir individualmente.”

,Contrato de seguro. Es aquel por la cual la empresa aseguradora se obliga, mediante una
prima, a resarcir un daño o a pagar una suma de dinero al realizarse la eventualidad
prevista en el contrato.

Partes del contrato. Asegurador, asegurado y en ocasiones un tercero beneficiario.

Contrato de fideicomiso. Es aquel medio por el cual una persona llamada fideicomitente
entregar a otra llamada fiduciaria ciertos bienes para un fiel ilícito y determinado. A ese
respecto el artículo 381 de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito establece
que “En virtud del fideicomiso, el fideicomitente destina ciertos bienes a un fin lícito
determinado, encomendando la realización de ese fin a una institución fiduciaria.”

CONTRATO DE COMPRAVENTA INTERNACIONAL

En términos generales puede definirse como "el contrato por medio del cual una parte,
llamada vendedor, se obliga a transferir la propiedad de una cosa o de un derecho a otra,
llamada comprador, mediante el pago de un precio cierto y en dinero."

En lo particular, nos ocupa es la convención o acuerdo de voluntades por medio del
cual una persona, llamada vendedora, transfiere a otra, llamada compradora, la
propiedad de una cosa eminentemente mercantil, es decir, destinada al tráfico
(comercio).
Los contratantes se sujetarán a todas las estipulaciones lícitas con las que se hubiera
pactado.

En materia mercantil es permitido el arbitraje, por ejemplo, si entre los contratantes sugiere
una inconformidad en relación a la calidad de la mercancía objeto de la venta, los
contratantes en desavenencia podrán nombrar a dos comerciantes, uno por cada parte, y
un tercero en discordia, a fin de que estos tres resuelvan el conflicto planteado en cuanto a
las muestras o calidades que sirvieron de base al contrato, y evitar así acudir a un Tribunal.
Se sujeta para su perfeccionamiento a las reglas que son comunes a todos los contratos,
entre ellas:

●​ Es bilateral, porque hace nacer derechos y obligaciones recíprocos;
●​ Es oneroso y destinado al comercio, en virtud de que tanto los beneficios como los
gravámenes son para ambas partes;
●​ Es consensual y formal, se perfecciona independientemente de la entrega de la cosa
y es por naturaleza traslativo de dominio.

Son obligaciones de las partes, las siguientes:

●​ Del vendedor, entregar la cosa o mercancía y responder de la calidad de la
mercancía objeto de la venta.
●​ El comprador está obligado a pagar la cosa en los térmi-nos en que se haya
obligado.

En relación a lo anterior el Código de Comercio, en el artículo 376, establece lo siguiente:

,Art. 376. "En las compraventas mercantiles, una vez perfeccionado el contrato, el
contratante que cumpliere tendrá derecho a exigir del que no cumpliere la rescisión o
cumplimiento del contrato y la indemnización, además, de los daños y perjuicios."
Cuando se perfecciona la compraventa mercantil, las pérdidas, daños o menoscabos que
sobrevinieren a las mercancías vendidas serán por cuenta del comprador, si la entrega fue
real, jurídica o virtualmente; en caso contrario serán por cuenta del vendedor.
Cuando el comprador reciba virtualmente las mercancías y queden a su disposición, el
vendedor queda con los derechos y obligaciones de un simple depositario.
Art. 380. "El comprador deberá pagar el precio de las mercancías que se le hayan vendido
en los términos y plazos convenidos. A falta de convenio, lo deberá pagar de contado. La
demora en el pago del precio lo constituirá en la obligación de pagar réditos al tipo legal
sobre la cantidad que adeude.” 1

LEGISLACIÓN APLICABLE

MÉXICO

Código Civil Federal

Libro Cuarto - De las Obligaciones

Parte Segunda - De las Diversas Especies de Contratos

Título Segundo - De la Compra-venta

Capítulo I - Disposiciones Generales

Artículos 2248 al 2268

Artículo 2248.- Habrá compraventa cuando uno de los contratantes se obliga a transferir la
propiedad de una cosa o de un derecho, y el otro a su vez se obliga a pagar por ellos un
precio cierto y en dinero.

Artículo 2249.- Por regla general, la venta es perfecta y obligatoria para las partes cuando
se han convenido sobre la cosa y su precio, aunque la primera no haya sido entregada ni el
segundo satisfecho.

Artículo 2250.- Si el precio de la cosa vendida se ha de pagar parte en dinero y parte con el
valor de otra cosa, el contrato será de venta cuando la parte de numerario sea igual o mayor
que la que se pague con el valor de otra cosa. Si la parte en numerario fuere inferior, el
contrato será permuta.

Artículo 2251.- Los contratantes pueden convenir en que el precio sea el que corre en día o
lugar determinados o el que fije un tercero.

Artículo 2252.- Fijado el precio por el tercero, no podrá ser rechazado por los contratantes,
sino de común acuerdo.

, Artículo 2253.- Si el tercero no quiere o no puede señalar el precio, quedará el contrato sin
efecto, salvo convenio en contrario.

Artículo 2254.- El señalamiento del precio no puede dejarse al arbitrio de uno de los
contratantes.

Artículo 2255.- El comprador debe pagar el precio en los términos y plazos convenidos. A
falta de convenio lo deberá pagar al contado. La demora en el pago del precio lo constituirá
en la obligación de pagar réditos al tipo legal sobre la cantidad que adeude.

Artículo 2256.- El precio de frutos y cereales vendidos a plazo a personas no comerciantes
y para su consumo, no podrá exceder del mayor que esos géneros tuvieren en el lugar, en
el período corrido desde la entrega hasta el fin de la siguiente cosecha.

Artículo 2257.- Las compras de cosas que se acostumbra gustar, pesar o medir, no
producirán sus efectos sino después que se hayan gustado, pesado o medido los objetos
vendidos.

Artículo 2258.- Cuando se trate de venta de artículos determinados y perfectamente
conocidos, el contrato podrá hacerse sobre muestras.

En caso de desavenencia entre los contratantes, dos peritos nombrados uno por cada parte,
y un tercero para el caso de discordia, nombrado por éstos, resolverán sobre la conformidad
o inconformidad de los artículos con las muestras o calidades que sirvieron de base al
contrato.

Artículo 2259.- Si la venta se hizo sólo a la vista y por acervo, aun cuando sea de cosas que
se suelen contar, pesar o medir, se entenderá realizada luego que los contratantes se
avengan en el precio, y el comprador no podrá pedir la rescisión del contrato alegando no
haber encontrado en el acervo la cantidad, peso o medida que él calculaba.

Artículo 2260.- Habrá lugar a la rescisión si el vendedor presentare el acervo como de
especie homogénea, y ocultare en él especies de inferior clase y calidad de las que están a
la vista.

Artículo 2261.- Si la venta de uno o más inmuebles se hiciere por precio alzado y sin estimar
especialmente sus partes o medidas, no habrá lugar a la rescisión, aunque en la entrega
hubiere falta o exceso.

Artículo 2262.- Las acciones que nacen de los artículos 2259 a 2261 prescriben en un año,
contado desde el día de la entrega.

Artículo 2263.- Los contratantes pagarán por mitad los gastos de escritura y registro, salvo
convenio en contrario.
$7.39
Krijg toegang tot het volledige document:

100% tevredenheidsgarantie
Direct beschikbaar na je betaling
Lees online óf als PDF
Geen vaste maandelijkse kosten

Maak kennis met de verkoper
Seller avatar
rosalesviveroseddiemayhte

Maak kennis met de verkoper

Seller avatar
rosalesviveroseddiemayhte Instituto Politecnico Nacional
Volgen Je moet ingelogd zijn om studenten of vakken te kunnen volgen
Verkocht
0
Lid sinds
4 maanden
Aantal volgers
0
Documenten
2
Laatst verkocht
-

0.0

0 beoordelingen

5
0
4
0
3
0
2
0
1
0

Recent door jou bekeken

Waarom studenten kiezen voor Stuvia

Gemaakt door medestudenten, geverifieerd door reviews

Kwaliteit die je kunt vertrouwen: geschreven door studenten die slaagden en beoordeeld door anderen die dit document gebruikten.

Niet tevreden? Kies een ander document

Geen zorgen! Je kunt voor hetzelfde geld direct een ander document kiezen dat beter past bij wat je zoekt.

Betaal zoals je wilt, start meteen met leren

Geen abonnement, geen verplichtingen. Betaal zoals je gewend bent via iDeal of creditcard en download je PDF-document meteen.

Student with book image

“Gekocht, gedownload en geslaagd. Zo makkelijk kan het dus zijn.”

Alisha Student

Veelgestelde vragen